El PP pide que Llop aclare en el Congreso si modificará el delito de malversación como exige Bruselas

Pilar Llop malversación
Pilar Llop en el Congreso.

El varapalo de Bruselas a la rebaja del delito de malversación por parte de Pedro Sánchez obligará a la ministra de Justicia, Pilar Llop, a dar explicaciones en el Congreso de los Diputados. Así lo ha pedido el PP dirigiendo una pregunta a la ministra a propósito del endurecimiento de las penas que pide la UE y que van en dirección contraria a la rebaja exprés que llevó a cabo el Gobierno de PSOE y Podemos para contentar a los golpistas catalanes.

El PP quiere que la ministra Pilar Llop aclare el próximo miércoles en el Pleno del Congreso si el Gobierno acometerá una nueva reforma del delito de malversación siguiendo la idea lanzada por Bruselas o desoirá la propuesta comunitaria.

En concreto, ha sido el portavoz popular en la Comisión de Justicia, Luis Santamaría, quien ha registrado esta pregunta para titular del ramo, según consta en el listado de cuestiones que han presentado los populares para la sesión de control.

La Comisión Europea ha planteado una pena máxima de al menos cinco años para delitos de malversación en toda la UE, una propuesta que obligaría a España a volver a reformar el delito de malversación, tras la modificación acometida por el Gobierno de coalición, que ha rebajado las penas para ciertos casos.

Sánchez no se ha dado por aludido ante la exigencia europea y ha sacado pecho asegurando que «nos coge con los deberes hechos», una forma de desviar la atención ante un hecho que tendrá consecuencias judiciales.

La última reforma, en enero

Dicha reforma, que entró en vigor el pasado 12 de enero, mantuvo el tipo tradicional de malversación en el artículo 432 con las mismas penas (de 2 a 12 de cárcel y 6 a 20 de inhabilitación), pero precisando que debe haber «ánimo de lucro» cuando la autoridad o funcionario público «se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio público que tenga a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas».

Además, creó dos tipos atenuados de malversación. Uno para cuando «la autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos privados el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas», con penas de 6 meses a 3 años de prisión e inhabilitación de 1 a 4 años.

Y un segundo tipo para «la autoridad o funcionario público que, sin estar comprendido en los artículos anteriores, diere al patrimonio público que administrare una aplicación pública diferente de aquélla a la que estuviere destinado», sancionado con entre de 1 a 4 años de cárcel y 2 a 6 de inhabilitación.

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