Partido Popular

El PP exige blindar la prisión permanente y evitar que 70 etarras esquiven el cumplimiento de su condena

El PP emplaza al Ejecutivo de Sánchez a impulsar una reforma de la LOGP "específica y diferenciada"

PP, ETA, presos
Exterior del centro penitenciario de Quatre Camins. (EP)
Rodrigo Villar

El Partido Popular ha registrado en el Congreso de los Diputados una proposición no de ley con la que exige al Gobierno que impulse una reforma legal destinada a garantizar que los condenados a prisión permanente revisable no puedan acceder a ningún tipo de beneficio penitenciario antes de cumplir íntegramente los plazos mínimos que establece la ley. La iniciativa llega en respuesta a una situación que los populares califican de «inadmisible»: la aplicación de mecanismos de flexibilización penitenciaria a presos de ETA que están esquivando su obligación de permanecer en prisión.

El detonante directo ha sido la revelación de que el etarra Garikoitz Aspiazu Rubina, alias Txeroki, condenado a cientos de años de prisión por su papel dirigente en ETA, se ha acogido al artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Esta norma permite compatibilizar el segundo grado con elementos propios del tercer grado, introduciendo así un régimen de semilibertad que el PP considera incompatible con la naturaleza de los delitos por los que fue condenado.

Pero el caso de Txeroki no es el único. El PP denuncia que en el País Vasco se ha constatado que presos de la organización terrorista clasificados en tercer grado están aprovechando la interpretación «más favorable» del artículo 86 del mismo Reglamento, que fija en ocho horas diarias el tiempo mínimo de permanencia en un centro penitenciario, con la obligación añadida de pernoctar en él. Sin embargo, esa previsión contempla una vía de escape: el interno puede eludir ese requisito si acepta someterse a un dispositivo de control telemático. Una posibilidad de la que ya se han beneficiado, según los datos manejados por el PP, «cerca de 70 etarras».

El PP subraya que estos presos de ETA no fueron en ningún caso condenados a prisión permanente revisable, una pena que no existe en el ordenamiento español hasta 2015, pero advierte de que lo que está ocurriendo con ellos pone de manifiesto un riesgo real para quienes sí lo están. El partido sostiene que la introducción de esta figura en el Código Penal respondió a la necesidad de que los crímenes de mayor gravedad recibieran una respuesta penal «proporcionada, eficaz y respetuosa con la Constitución». Sin embargo, denuncia que la actual regulación penitenciaria presenta «importantes carencias» en lo que respecta a su ejecución efectiva.

Entre esas lagunas, el PP señala la ausencia de una previsión expresa en la Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP) que regule el acceso al tercer grado, los beneficios penitenciarios y el papel de las autoridades penitenciarias en la supervisión de estas condenas. Esa indeterminación ha generado, a juicio de los populares, una «incertidumbre jurídica» que abre la puerta a interpretaciones capaces de «vaciar de contenido» la pena y hacerla irreconocible.

Para el PP, permitir que, antes de agotar los períodos mínimos de cumplimiento efectivo, que oscilan entre 25 y 35 años según el delito, se concedan a los condenados a prisión permanente revisable los mismos beneficios penitenciarios que rigen para el régimen ordinario, supondría «una desnaturalización de la pena y una quiebra del principio de proporcionalidad». Los populares defienden que ese principio no puede interpretarse de forma automática ni desvinculado de la gravedad del delito cometido.

En la proposición no de ley registrada en el Congreso, el PP emplaza al Ejecutivo de Pedro Sánchez a impulsar una reforma de la LOGP que incorpore una regulación «específica y diferenciada» para la prisión permanente revisable. En concreto, los populares reclaman que se introduzca en el artículo 72 una mención expresa a los penados por delitos castigados con esta figura; que se reforme el artículo 76 para delimitar las competencias de las Secciones de Vigilancia Penitenciaria; que se establezca la prohibición expresa de conceder beneficios penitenciarios antes de cumplir el plazo mínimo legal; y que la revisión de la condena solo pueda acordarse cuando exista un pronóstico «inequívocamente favorable» de reinserción.

De manera singular, el primer partido de la oposición pide al Gobierno que introduzca en la legislación una prohibición expresa para que los condenados por terrorismo no puedan acogerse al modelo mixto de ejecución de pena que combina elementos del segundo y del tercer grado. Una medida que, de haberse adoptado antes, habría impedido que el caso de Txeroki llegara a producirse.

El PP concluye que la reinserción debe seguir siendo un horizonte posible, pero que debe estar «condicionada siempre al cumplimiento efectivo de la condena y a la existencia de un pronóstico sólido y contrastado de no reincidencia». Sin esa garantía, advierten los populares, la prisión permanente revisable corre el riesgo de convertirse en una promesa vacía frente a los crímenes más graves.

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