Junqueras no saldrá de prisión pese a la sentencia europea que reconoce su inmunidad
La decisión del Tribunal de Justicia de la UE es consultiva y no afecta al cumplimiento de su condena
La Justicia europea sentencia que Junqueras tenía inmunidad desde que fue elegido eurodiputado
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La sentencia del Tribunal Supremo que condenó a los líderes del ‘procés’ es «firme y ejecutiva», señalan expertos jurídicos a OKDIARIO. Por ello, y pese a la polémica suscitada tras la decisión europea que reconoce que Oriol Junqueras tenía inmunidad parlamentaria una vez proclamada su elección en los comicios para el Parlamento de la Unión Europea del pasado 26 de mayo, el líder de ERC continuará en prisión.
Aunque la inmunidad del ex vicepresidente de la Generalitat de Cataluña ha sido reconocida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), este pronunciamiento técnico no afecta a la ejecución del fallo del Alto Tribunal español por el que Junqueras fue declarado culpable de sedición, en concurso medial con malversación, y condenado a 13 años de prisión y otros tantos de inhabilitación para el ejercicio de cargo público.
Si bien el contenido de la resolución europea no afectará al cumplimiento de la condena impuesta en firme por el Tribunal Supremo, sin duda sienta un importante precedente jurisprudencial sobre la condición de los diputados de la Eurocámara y el comienzo y alcance de su inmunidad parlamentaria que, con toda probabilidad, será utilizada por la defensa de Junqueras en un futuro y eventual recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
«La condición de miembro del Parlamento Europeo resulta de la mera elección del interesado y que éste adquiere tal condición a raíz de la proclamación oficial de los resultados que hacen los Estados miembros”, sostiene la Corte de Luxemburgo en el fallo que se ha hecho público hoy.
Los expertos jurídicos consultados por OKDIARIO insisten en el carácter consultivo de la resolución del TJUE. Se trata de una «respuesta a la cuestión prejudicial planteada por el Supremo» -y el entonces tribunal enjuiciador del ‘procés’, presidido por el juez Manuel Marchena- sobre la prisión provisional del entonces procesado y, hoy, ya condenado Oriol Junqueras.
Esto es, en ningún caso la posición de los 15 magistrados que integran la Gran Sala del TJUE alteran la resolución dictada por sus colegas españoles en el Tribunal Supremo. Junqueras, una vez terminado el juicio y condenado, no se beneficiará del fallo europeo que reconoce que debió haber obtenido un permiso carcelario para ir a jurar la Constitución y adquirir su plena condición como diputado electo, del Parlamento comunitario, desde el pasado mes de junio.
Precedente
El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJU) ha fallado que Oriol Junqueras debió ser reconocido eurodiputado de pleno derecho, con inmunidad incluida, desde la proclamación de los resultados de las elecciones al Parlamento Europeo del pasado 26-M.
Los magistrados europeos han declarado en su resolución que «una persona que resulta elegida al Parlamento Europeo adquiere la condición de miembro de dicha institución por el hecho y desde el momento de la proclamación de los resultados electorales, de modo que goza de las inmunidades reconocidas por el artículo 9 del Protocolo».
La respuesta de la Corte de Luxemburgo se ha hecho pública este jueves y con ella queda despejada la incógnita planteada por el Supremo -durante el juicio al ‘procés’, a la jurisdicción europea- sobre la situación de los políticos catalanes en prisión provisional, respecto de su representatividad política en la Eurocámara. Una decisión que probablemente tendrá consecuencias directas, también, sobre el escaño vacío de los prófugos Toni Comín y Carles Puigdemont.
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