Marlaska se opuso a dejar sin sanción la difusión de imágenes de la Policía que ahora permitirá Sánchez
El hoy ministro formó parte del CGPJ que por "unanimidad" confirmó la consideración de infracción
Los sindicatos policiales rechazan esta reforma que intentaron el PSOE y sus socios en la pasada legislatura
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, se opuso cuando ejercía de juez a dejar sin sanción la difusión de imágenes de la Policía, una acción que ahora el Gobierno de Pedro Sánchez del que forma parte quiere permitir y que ha colado en su plan contra la prensa crítica, cuyas líneas maestras se presentaron este martes en Moncloa.
En el documento elaborado por el Ejecutivo socialcomunista consta esta cuestión dentro del «establecimiento de mayores garantías de la independencia de los medios de comunicación». Aquí, el Gobierno se compromete a una reforma de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, en su artículo 36, apartado 23, sobre la calificación de la sanción por el uso de imágenes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Como instituciones responsables de esta reforma, el Gobierno cita el Ministerio del Interior de Fernando Grande-Marlaska y las Cortes Generales.
Precisamente, en la pasada legislatura, cuando el PSOE y sus socios trataron de sacar adelante una reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana (terminó siendo tumbada por ERC y Bildu por «insuficiente), la portavoz de Interior del PP en el Congreso, Ana Belén Vázquez, recordó que Marlaska, estando en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), «formó parte del rodillo» que por «unanimidad» respaldó el texto de la actual ley el 27 de marzo de 2014
En el que informe que elaboró entonces el CGPJ, éste se pronunció sobre lo referente al uso de imágenes de los agentes que puedan poner en peligro su seguridad. En concreto, el informe del gobierno de los jueces, del que Marlaska era vocal (lo fue entre 2013 y 2018), admitió que «sólo esa referencia al peligro que ello puede suponer para su seguridad personal o la de su familia, las instalaciones protegidas o el éxito de la operación, justificaría su consideración de infracción contra la seguridad ciudadana».
Se da la circunstancia de que este asunto preocupa especialmente a los policías, quienes, a través de sus sindicatos, han exigido que no deje de ser sancionable la grabación o difusión de imágenes de agentes durante intervenciones en la calle, fundamentalmente en manifestaciones. Desde los sindicatos policiales se ha cuestionado así la arbitrariedad de la reforma que intentaron el PSOE y sus socios en la pasada legislatura y ahora recupera el Gobierno de Sánchez. «Cuando la Justicia establezca que grabar a determinado policía u operación era un riesgo, esas imágenes ya habrán corrido por las redes sociales señalando al agente, poniéndolo en peligro a él e incluso a su familia», indicaron fuentes policiales a este periódico.
Actualmente, el artículo 36.23 de la ley de Seguridad Ciudadana -aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2015- considera infracción grave «el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información».
Vida privada
El Tribunal Constitucional no considera inconstitucional este precepto siempre que el término «uso» se interprete en el sentido de que para que pueda apreciarse infracción grave es necesaria la publicación o difusión ilícita, no bastando la mera captación no seguida de publicación o difusión. Además, el máximo intérprete de la Carta Magna precisa que el término «imágenes o datos personales o profesionales» comprende también los relativos a la vida privada, elemento éste que deberá tomarse en cuenta para determinar si prevalece o no el derecho a la información.
En la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana impulsada por el PNV la pasada legislatura y apoyada por el PSOE y los comunistas a través de enmiendas, éstos acordaron que no fuese infracción grave la «mera difusión de imágenes» de agentes de Policía, persiguiendo sólo su uso «cuando genere un peligro cierto a su seguridad personal o familiar o la de las instalaciones protegidas o ponga en riesgo el éxito de una operación».
Además, socialistas y comunistas introdujeron en el texto que «la situación de peligro o riesgo cierto generado, deberá reflejarse en el acta o en la denuncia con el mayor detalle que sea posible». El pasado julio, en la actual legislatura, desde Sumar se anunció un acuerdo con el PSOE al respecto, utilizando una redacción muy similar. «La situación de peligro o riesgo cierto generado deberá ser constatable y reflejarse motivadamente en el acta o en la denuncia, y con el mayor detalle que sea posible. No constituirá infracción la mera toma de imágenes en lugares de tránsito público y manifestaciones, o su mera difusión», apuntó el partido de la vicepresidenta Yolanda Díaz sobre el texto de la reforma pactada con los socialistas. Ahora, el Gobierno ha activado dicha modificación de la normativa vigente.
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