España

Magistrados del Constitucional no descartan que Conde-Pumpido fuerce el recuento electoral en Madrid

El Tribunal Constitucional, presidido por Cándido Conde-Pumpido, debe resolver el recurso interpuesto por los socialistas, en el que solicita el recuento electoral de los 30.302 votos nulos de Madrid de las elecciones generales del pasado 23J, en los próximos 15 días, es decir, antes de que comience el debate de investidura de Alberto Núñez Feijóo el próximo 26 de septiembre.

Para Pedro Sánchez es fundamental la decisión que adopte la Corte de Garantías porque su objetivo es recuperar el escaño que perdió en favor del PP una vez escrutado el voto CERA -el extranjero- y así necesitar sólo la abstención de Junts -y no su voto afirmativo- para continuar su mandato en La Moncloa. La llave la tiene ahora el Constitucional. Fuentes de este órgano aseguran a OKDIARIO que «en otras circunstancias no habría dudas al respecto: se inadmitiría dicho recurso porque carece de fundamento jurídico», pero con Conde-Pumpido al frente «cualquier resolución es posible» respecto al recuento electoral de las papeletas nulas de Madrid.

Ya ha habido tres organismos que han rechazado las pretensiones trumpistas de los socialistas cuyo único objetivo es recuperar un diputado que resulta clave para allanar la investidura de Pedro Sánchez. Primero, fue la Junta Provincial de Madrid quien rechazó esa petición advirtiendo que «no hay razón sobre posibles irregularidades en el voto nulo» que exijan a la Junta la revisión extraordinaria solicitada por los socialistas, «únicamente la especulación».

Después, la Junta Electoral Central se mostró muy crítica y señaló que el PSOE «persigue, en suma, convertir a la Junta Electoral Provincial en una mesa de revisión universal de todos los votos declarados nulos por todas las mesas de la circunscripción sin aducir una irregularidad concreta que justifique ese examen. Una medida de esa naturaleza, en opinión de esta Junta, carece de anclaje constitucional y legal, puesto que desfiguraría radicalmente el procedimiento previsto en la Loreg, impediría cumplir con los plazos legales establecidos y podría incluso afectar a la constitución de las Cámaras (puesto que esa revisión tendría que dar lugar a un nuevo plazo de reclamación por los representantes de las candidaturas)».

Pero los socialistas insistieron en que la Junta Electoral Provincial de Madrid infringió la normativa electoral y vulneró la Constitución al negar su petición para que se revisasen todos los votos consignados como nulos y llevaron la causa al Supremo. El Alto Tribunal también rechazó esas pretensiones.

El Supremo explicó que no se habían aportado «elementos lógicos, datos aritméticos o cálculos estadísticos solventes que permitan verificar, tan siquiera hipotéticamente, la relevancia de la revisión del voto en el resultado final y en la atribución del escaño controvertido». Tras estudiar la jurisprudencia del Constitucional, los magistrados concluyeron que «la mera diferencia numérica en los resultados que se aducen en este caso (1.200 votos) no es base suficiente para la revisión». Los magistrados también explicaron que los representantes y apoderados de los partidos «garantizan un correcto examen del voto». 

Pumpido al rescate

Ahora, los socialistas acuden al rescate de Cándido Conde-Pumpido para que el Constitucional emita un fallo que contradiga lo ya resuelto por tres organismos distintos sobre el recuento electoral: la Junta Electoral Provincial de Madrid, la Junta Electoral Central y el Tribunal Supremo.

El recurso tendrá que resolverlo la Sala Segunda, que está compuesta por tres magistrados de izquierdas -Inmaculada Montalbán, Ramón Sáez y María Luisa Balaguer- y dos propuestos por el PP -César Tolosa y Enrique Arnaldo-. En principio no hay dudas: «Hay jurisprudencia que respalda la no admisión porque los socialistas no alegan en su escrito una causa concreta que motive la revisión». Añaden: «Piden que se revise el total de los votos nulos, sin saber ni siquiera cuántos hay del PSOE, pero es que entonces, ¿para qué estuvieron presente los interventores en las mesas electorales?».

Y concluyen que «se tendría que rechazar por falta de motivación de vulneración de derechos fundamentales porque no se está quebrantando su derecho al sufragio pasivo recogido en el artículo 23.1 de la Constitución como señalan». Sin embargo, fuentes del órgano de garantías no descartan que el bloque de izquierdas, capitaneado por Conde-Pumpido, emita un voto favorable al recurso.