El juez de Tsunami cita a los policías agredidos para ver si fueron víctimas de «ánimo homicida»
Uno de los agentes quedó incapacitado para seguir trabajando a los 45 años
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha citado a declarar como perjudicados en la causa Tsunami a dos policías que sufrieron heridas de gravedad en los incidentes ocurridos el 18 de octubre de 2019 en la plaza de Urquinaona y la Vía Layetana de Barcelona, tras conocerse la sentencia del 1-O. Los independentistas agredieron a los agentes que se encontraban dando protección a la comisaría de la Jefatura Superior de Policía. Aún no hay fecha para que acudan a dar su versión a la Audiencia Nacional, pero el juez trata de comprobar si fueron víctimas de «ánimo homicida».
El pasado mes de noviembre dos policías heridos solicitaron al juez de Tsunami personarse en la causa al haber sufrido la violencia de los manifestantes independentistas. Uno de los agentes relató en el escrito de personación que recibió «un impacto muy fuerte de un objeto lanzado por los manifestantes que golpeó sobre el lado derecho de su casco, cayendo al suelo desplomado y perdiendo el conocimiento por completo».
El otro policía explicó que «encontrándose en el mismo lugar, recibió un fuerte impacto en su mano, mientras formaba parte del operativo, sufriendo una grave fractura abierta en el radio de su brazo derecho con desplazamiento, y que, tras varias intervenciones quirúrgicas, y como consecuencia de la gravedad de la lesión, al no reunir las condiciones físicas necesarias para seguir ejerciendo como policía, ha sido jubilado a la edad de 45 años».
El juez aceptó esta personación y ahora les ha citado a declarar en el marco de la investigación judicial que investiga la violencia del Tsunami. Los independentistas prepararon distintas acciones en las que tenían como objetivos los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a quienes identificaban como «fuerzas de ocupación». Los agentes allí desplazados sufrieron disturbios protagonizados por sectores radicales violentos.
«Un grupo de personas encapuchadas y embozadas» que «usando técnicas de combate similares al terrorismo callejero practicado en comunidades autónomas como el País Vasco, comenzaron a lanzar (…) todo tipo de objetos contundentes con una indudable capacidad lesiva, incluyendo botellas y latas en cuyo interior había líquido corrosivo», señalan desde el despacho Fuster-Fabra que ejerce la defensa de los dos policías citados por el juez de Tsunami.
Policías con lesiones graves
En la resolución, el juez relata las lesiones sufridas por dos agentes. «Los agentes de policía lesionados sufrieron daños muy graves, lesiones físicas producidas por un fuerte golpe en la parte superior del casco reglamentario provocado por un objeto contundente arrojado por uno de los participantes en las manifestaciones y altercados que ese día tuvieron lugar. Como consecuencia de la brutalidad del impacto se produjo la fractura del casco protector de uno de los agentes que se desplomó en el suelo, inconsciente, sufriendo las lesiones que han sido descritas en esta misma resolución y que le han inhabilitado para el ejercicio de su profesión».
«Está claro que el resultado de esta acción fueron unas lesiones muy graves, un resultado lesivo que la instrucción debe indagar si resulta objetivamente imputable a la acción de Tsunami y sus organizadores», concluye García-Castellón, que destaca que «al no haberse efectuado diligencia de instrucción alguna, no haber podido oír al perjudicado, ni realizar informes forenses, no se puede inferir si por el tipo de objeto arrojado, el lugar en el que se recibió el impacto, la posición del agresor o cualquier otra circunstancia periférica concurrente, podría apreciarse un ánimo de lesionar u homicida».
La amnistía no frena al juez
La tramitación de la Ley de Amnistía no detiene al juez de Tsunami. García-Castellón mantiene que los promotores de esta plataforma independentista -entre ellos, sostiene el magistrado, el ex presidente catalán Carles Puigdemont y la dirigente de ERC, Marta Rovira- deben ser investigados por un delito de terrorismo.
«No puede minimizarse esta acción ni el resultado grave que ocasionó, incompatible con el derecho a la vida e integridad física reconocidos en el artículo 15 de la Constitución española, y el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y del que podrían ser partícipes los investigados», abunda el juez. Esa última precisión es especialmente significativa en plena polémica por la inclusión del terrorismo en la Ley de Amnistía pactada por Sánchez con sus socios separatistas.
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