El juez de Londres: «Si Juan Carlos I roba un anillo en una joyería de Hatton Garden, no es inmune»
La Justicia inglesa retira la inmunidad a Juan Carlos I y abre la puerta a que sea juzgado por acoso a Corinna
El abogado de Corinna: «Juan Carlos I responderá ante un tribunal inglés por sus hechos como particular»
Lea aquí la resolución íntegra del Tribunal Superior de Londres
El juez Matthew Nicklin, del Tribunal Superior de Inglaterra y Gales, ha argumentado muy gráficamente su decisión -conocida este jueves- de no reconocer inmunidad al Rey emérito Juan Carlos I tras la demanda de acoso presentada en su contra por Corinna zu Sayn-Wittgenstein. El magistrado de Londres rebate a la defensa del padre de Felipe VI afirmando que si su cliente «roba un anillo de diamantes en una joyería de Hatton Garden», no goza de inmunidad.
Así lo explica Nicklin en su resolución judicial, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, donde rechaza la inmunidad soberana alegada por el letrado del Rey emérito Daniel Bethelehem, del despacho de Clifford Chance: «En su forma más cruda, el argumento de Sir Daniel, si se acepta, significaría que si, mañana, el demandado entrase en una joyería en Hatton Garden y robase un anillo de diamantes, no se podría enfrentar a ningún proceso civil o penal en esta jurisdicción (a menos que el Estado español renuncie a su inmunidad). Nada en los principios del derecho internacional o el respeto a la dignidad y soberanía del Estado español obliga tal conclusión», afirma el juez.
Previamente, el magistrado se pronuncia así para rebatir a la defensa de don Juan Carlos de Borbón: «Si su interpretación fuera correcta y el demandado sigue siendo un ‘soberano’, entonces la inmunidad de la que goza es personal y vitalicia, subsistiendo aún hoy, respecto de todos procedimientos civiles y penales». Para Nicklin, esto no se explica a partir de los hechos que se han ido sucediendo y así cita que el monarca «abdicó y dejó de ser jefe del Estado español el 19 de junio de 2014; se retiró de sus funciones públicas el 2 de junio de 2019; dejó de recibir apoyo económico del rey Felipe VI en marzo de 2020; y desde agosto de 2020 ha estado viviendo en Emiratos Árabes Unidos».
«Sólo hay un Rey»
Asimismo, el magistrado recoge que si bien Juan Carlos I «ha disfrutado de cierto estatus y privilegios» previstos en el Real Decreto 470/2014, y goza de un «estatus especial y sin precedentes de Rey emérito», es reseñable que «sólo hay un Rey de España y jefe del Estado de España», que «desde el 19 de junio de 2014 es su hijo, el rey Felipe VI», recoge la resolución, de 27 páginas.
De este modo, el juez del Tribunal de Londres no atiende el planteamiento de la defensa de don Juan Carlos de Borbón, basado en que conforme a la legislación española, pese a su abdicación, sigue siendo un «soberano» y por tanto con derecho a inmunidad personal. Durante la vista oral en el Tribunal Superior de Londres, el letrado Daniel Bethelehem, del despacho de Clifford Chance, defendió que su cliente conservaba su inmunidad en dos aspectos: su condición de «soberano» por su título de Rey emérito y como miembro de la Casa Real de Felipe VI, junto a la Reina Letizia, las infantas y Doña Sofía.
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