por vulnerar su derecho constitucional de igualdad en el acceso a cargo público

El ex consejero socialista de RTVE Sacaluga recurre ante el TC el proceso de elección de presidente

RTVE
Miguel Ángel Sacaluga, ex consejero de RTVE por el PSOE.
Carlos Ribagorda

Más problemas para Pedro Sánchez. Su intención de cerrar el proceso de elección de presidente de RTVE tirando a la basura el concurso público y eligiendo el consejo de la cadena y a su máximo responsable mediante un pacto con el resto de grupos parlamentarios en el Congreso está en peligro. El candidato y ex consejero socialistas Miguel Ángel Sacaluga ha registrado en el Tribunal Constitucional un recurso de amparo al entender que se ha vulnerado su derecho de acceder a un cargo público en igualdad de condiciones, recogido en el artículo 23.2 de la Constitución española.

Además, el ex consejero de la cadena pública recurre al Constitucional por entender que se ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva, consagrada en el artículo 24.1 de la Carta Magna, «al haberse ocasionado indefensión a mi representando al impedir su derecho a la jurisdicción, a promover la actividad jurisdiccional que desemboque en una decisión judicial sobre las pretensiones aducidas», dice el escrito.

En su opinión, cuando los letrados del Congreso desestimaron en noviembre pasado su recurso contra su evaluación por parte del Comité de Expertos, conculcaron su derecho a la defensa al obligar a los candidatos a recurrir al Constitucional, vetando la vía del Tribunal Supremo. «Dicen que sólo se puede recurrir al Constitucional porque definen el concurso como un ‘acto político’ del Congreso, y eso no es cierto», señala el ex consejero. «Se trata de un concurso público, que se rige por las normas de un concurso público y tienen que cumplir esas normas», insiste.

En el recurso, de 112 páginas, Sacaluga pide al Constitucional que «declare la nulidad del Acuerdo de la Mesa de la Comisión Mixta de Control Parlamentario de la Corporación RTVE de las Cortes Generales de Desestimación definitiva del Recurso presentado por D. Miguel Ángel Sacaluga Luengo contra la Resolución del Comité de Expertos para la renovación de los miembros del Consejo de Administración de RTVE, de 10 de diciembre de 2018, por la que se aprueba el Informe de Evaluación de la idoneidad de los candidatos y la relación de éstos en función de la puntuación obtenida».

Pide además en segundo lugar que «declare la nulidad de la Resolución de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado por la que se aprueban las normas para la renovación de los miembros del Consejo de Administración de la Corporación RTVE». En tercer lugar, solicita que «declare la nulidad de la Resolución de los Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado, de 17 de julio de 2018, por la que se convoca concurso público para la selección de los miembros del Consejo de Administración y del Presidente de la Corporación RTVE».

En cuarto lugar, Sacaluga pide al TC que «declare la nulidad de las restricciones en materia de transparencia adoptadas por las Cortes Generales con todas las cuestiones, materias o expedientes vinculados con el concurso público para la selección de los miembros del Consejo de Administración y del Presidente de la Corporación RTVE». Y, en quinto lugar, solicita que «declare que los procesos de elección o selección de cargos públicos, a través de concurso público o de cualquier otro procedimiento, atribuidos por Ley a las Cortes Generales no forman parte de la autonomía parlamentaria garantizada constitucionalmente por el artículo 72 de la Constitución Española».

Golpe al concurso de Sánchez

De esta forma, Sacaluga, confirma lo que ya advirtió en su comparecencia en el Congreso en enero -están yendo todos los candidatos a presidir la cadena para responder a las preguntas de los diputados tras tirar a la basura el concurso público iniciado en 2018-, donde ya avisó de que acudiría al Constitucional para defender sus derechos.

El ex consejero defiende no sólo que su evaluación de su idoneidad para presidir la cadena por parte del comité de expertos no fue la adecuada, sino que todo el proceso ha sido un cúmulo de errores legales. Por ejemplo, la obligación de que el consejo sea paritario. Si una mujer ha sacado peor nota de los expertos de un hombre pero accede al consejo en función de la Ley de Igualdad, Sacaluga considera que se ha vulnerado el derecho de igualdad de oportunidades de todos los hombres que han sacado mejor puntuación que la mujer elegida. Se trata de cumplir la Ley de Igualdad vulnerando un derecho fundamental recogido en la Constitución. La Carta Magna recoge como un derecho fundamental el derecho de acceso a la función pública conforme a los principios de mérito y capacidad invocados en el artículo 103.3. «La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones», dice el artículo.

A partir de ahora, si el Constitucional decide admitir el recurso podría paralizarse el proceso de elección de presidente o, peor aún, que se continúe con el proceso y que dentro de un tiempo el TC declare nulo el proceso cuando ya esté en el cargo.

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