Estudiantes, jóvenes con casa y familias con dependientes: objetivos de la bajada fiscal de Ayuso
El Gobierno regional de la Comunidad de Madrid liderado por Isabel Díaz Ayuso e Ignacio Aguado ha iniciado este martes la primera bajada de impuestos de la legislatura. Serán 30.000 beneficiarios que se ahorrarán en total 16,4 millones de euros. Estos son los tres casos de madrileños que se podrán acoger a las deducciones.
Por cuidado de ascendientes
Contribuyente de 45 años, casado, que tiene un hijo de 18 años y convive con su padre de 70 años (que percibe una pensión inferior a 8.000 euros anuales y que no convive con ningún otro descendiente). El contribuyente obtiene uno salario neto por su trabajo de 13.508,01 euros (rendimientos brutos de 17.403,49 euros; 1.243,11 euros mensuales). Con la nueva deducción por cuidado de ascendientes se deduciría 500 euros en su declaración (tanto en declaración individual como en conjunta) y no pagaría cuota autonómica del IRPF en tributación individual.
Por préstamos universitarios
Contribuyente de 45 años, casado, con un hijo de 20 años que cursa estudios de Grado en una universidad madrileña. Para poder cursar los estudios, el padre pidió un préstamo de 10.000 euros a devolver en cinco años en pagos anuales con un tipo de interés del 6,5%. Durante el primer periodo impositivo paga en concepto de intereses por dicho préstamo 650 euros. El padre tiene 13.996,73 euros netos de sueldo (rendimientos brutos de 17.612,06 euros; 1.288,00 euros mensuales). Con la nueva deducción por el pago de intereses de préstamos al estudio universitario se deduciría el 100% de los intereses abonados, es decir, 650 euros (tanto en declaración individual como en conjunta) y no pagaría cuota autonómica del IRPF en tributación individual.
Por hipotecas
Se trata de la deducción por el pago de intereses de préstamos para la adquisición de vivienda por menores de treinta años. En este caso hay dos variantes. Estos son los dos ejemplos que pone la Comunidad:
Contribuyente de 28 años, soltero, sin descendientes ni ascendientes a cargo que compra su vivienda habitual el 1 de abril de 2020 por 180.000 euros. Para ello concierta un préstamo hipotecario por 120.000 euros a un tipo de interés fijo del 2,5% anual, pagando el año de la compra 2.500 euros en concepto de intereses del préstamo. El contribuyente obtiene unos rendimientos netos del trabajo de 12.809,81 euros (17.105,10 euros brugos; 1.221,79 euros mensuales). Con la nueva deducción por el pago de intereses de préstamos para la adquisición de vivienda se deduciría 625 euros (25% de los 2.500 euros de intereses abonados) y no pagaría cuota autonómica del IRPF.
Por otra parte, otro posible caso con un préstamo más alto es el siguiente. Contribuyente de 28 años, soltero, sin descendientes ni ascendientes, que compra su vivienda habitual el 1 de abril de 2020 por 180.000 euros. Para ello concierta un préstamo hipotecario por 160.000 euros a un tipo de interés fijo del 2,5% anual, pagando el año de la compra 4.000 euros en concepto de intereses del préstamo. El contribuyente obtiene unos rendimientos netos del trabajo, algo más altos, de 16.314,49 euros (rendimientos brutos de 19.556,31 euros; 1.396,88 euros mensuales). Con la nueva deducción se deduciría 1.000 euros (25% de los 4.000 euros de intereses abonados) y no pagaría cuota autonómica del IRPF.
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