Estos son los municipios de la Comunidad de Madrid que Illa quiere confinar
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, quiere forzar mediante una orden ministerial a que la Comunidad de Madrid cierre la capital y otros 10 municipios, todos ellos de más de 100.000 habitantes que cumplen con los indicadores que Sanidad considera la línea roja para el cierre.
En concreto, estos son los municipios de la Comunidad de Madrid confinados, según el ministerio, con su tasa de incidencia en los últimos 14 días:
Fuenlabrada (1.166 casos por 100.000 habitantes)
Parla (1.156)
Alcobendas (979)
Torrejón de Ardoz (795)
Madrid capital (777)
Getafe (773)
Alcorcón (753)
Leganés (725)
Móstoles (629)
Alcalá de Henares (526)
Concretamente, una vez se publique la orden en el BOE se van a restringir entradas y salidas de las personas que vivan en municipios con más de 500 casos de coronavirus por 100.000 habitantes, como por ejemplo Madrid.
Además, deben presentar también un porcentaje de positividad en los resultados de las pruebas diagnósticas de infección activa por Covid-19 realizadas en las dos semanas previas superior al 10%; y la comunidad autónoma a la que pertenece tener una ocupación de camas por pacientes Covid-19 en Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) superior al 35% de la dotación habitual (época pre-COVID-19).
No obstante, sí se permite circular por dentro de los mismos y para asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplir con obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales; asistir a centros educativos; volver al lugar habitual de residencia; asistir a personas mayores, menores, dependientes, con discapacidad o vulnerables; acudir al banco, juzgado o notaría; renovar documentación oficial; realizar exámenes; o por cualquier otra causa de fuerza mayor.
También se restringe a un máximo de seis personas las reuniones familiares y sociales, tanto en la vía pública como en los espacios privados, excepto en el caso de actividades laborales e institucionales; y se cierran los parques infantiles de uso público.
Respecto a los aforos, en los lugares de culto se reducirá a un tercio, garantizando una distancia mínima interpersonal de 1,5 metros; y en los velatorios tendrá que haber un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o de 10 en espacios cerrados, reduciéndose a 15 personas la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida.
En cuanto a los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público, el documento señala que no podrán cerrar más tarde de las 20.00 horas. Asimismo, en la hostelería y restauración y de juegos y apuestas, no podrán admitirse nuevos clientes a partir de las 22.00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23.00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
En la hostelería y salas de apuestas se establece también que el aforo máximo sea del 50% en espacios interiores y del 60% en exteriores; se prohíbe el consumo en barras; las mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas; y la ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas.
Las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación tendrán que tener un aforo del 50%; mientras que en las instalaciones deportivas el aforo se reduce al 50% en interiores y al 60% en exteriores y los grupos sólo podrán ser de seis personas