La defensa de Pradas acusa a la juez de la DANA de «impedir» preguntas a Pilar Bernabé en su declaración
El abogado relata al CGPJ que la juez argumentó para rechazar las preguntas que "excedían del objeto del proceso"
La defensa de Pradas se manifiesta así en su queja presentada al Consejo General del Poder Judicial contra la juez de la DANA
La defensa de la ex consellera de Emergencias, Salomé Pradas, acusa a la juez que instruye las diligencias previas del caso de la DANA, la magistrada Nuria Ruiz Tobarra, de «impedir las preguntas que esta defensa pretendió realizar en en el acto de declaración de la Sra. Bernabé». Se trata de la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé, quien declaró en calidad de testigo el 14 de abril. Así, se manifiesta en la queja elevada por esa misma defensa ante el Consejo General del Poder Judicial el pasado martes. Y, más directamente, en el punto cuarto del apartado segundo de los Hechos Concretos que han motivado la citada queja, que el letrado que dirige la defensa de Salomé Pradas, Eduardo de Urbano, incluyó bajo el título genérico: De la predeterminación del «objeto de la instrucción».
Entre los motivos que Eduardo de Urbano esgrime en la queja contra la juez Ruiz Tobarra, destaca la existencia de resoluciones judiciales que contienen afirmaciones categóricas sin base probatoria suficiente, la «predeterminación» del objeto de la instrucción; la «denegación» reiterada de diligencias solicitadas por las partes; la limitación del derecho de defensa durante las declaraciones y, como se ha dicho, la «posible intervención de personas ajenas al procedimiento judicial». Así como el «uso de informaciones periodísticas no contrastadas como base de resoluciones judiciales».
El letrado fundamenta la parte dedicada a esa «predeterminación del objeto de la instrucción» en una exposición estructurada en cinco puntos. Y ya en el tercero de ellos sostiene lo siguiente: «La Sra. Instructora, en esa línea reductora de la Instrucción que ha predeterminado, ha denegado la declaración de Dña. Pilar Bernabé en condición de investigada y su carencia de aforamiento procesal, pese a las múltiples solicitudes que ha recibido, incluso desde las acusaciones particulares y populares, en particular tras su declaración el pasado 14 de abril».
Destaca a continuación el abogado de Salomé Pradas, ya en el punto cuarto, que «lo anterior fue particularmente llamativo, a raíz de limitar el contenido de las preguntas, esto es, impedir las preguntas que esta Defensa pretendió realizar en el acto de declaración de la Sra. Bernabé, argumentando que excedían del ‘objeto del proceso’, previamente delimitado por la Magistrada Instructora, de espaldas al contenido del art. 299 LECrim que establece que el sumario se encamina a ‘averiguar y hacer constar la perpetración de los delitos con todas las circunstancias que pudieran influir en su calificación, y la culpabilidad de los (presuntos) delincuentes’». La LECrim a que se refiere el letrado es la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Se da la circunstancia de que, tal como publicó OKDIARIO el 16 de abril, dos días después de la declaración en calidad de testigo de Pilar Bernabé, la asociación Liberum, que ejerce la defensa de una de las víctimas de la DANA remitió un escrito a la la juez en el que solicita la imputación de Pilar Bernabé.
Liberum consideraba en su escrito que el auto de 10 de marzo de la juez, en el que citaba a declarar en calidad de investigados a la ex consellera Salomé Pradas y al ex secretario autonómico Emilio Argüeso, «acota las responsabilidades de los hechos de forma única y excluyente» a la Generalitat Valenciana. Y, más concretamente, a los responsables de la Conselleria de Emergencias, cuando para Liberum existían lo que denominaba en ese escrito como «corresponsabilidades compartidas» entre las dos Administraciones.
Liberum manifestaba, en referencia a la juez: «A partir de estas disposiciones, tanto el Auto citado, como las propias manifestaciones realizadas por S. Ilma. Señoría, durante la declaración de Doña Pilar Bernabé rechazando cualquier pregunta a la testigo que, de alguna forma se refiriera a una posible responsabilidad compartida con otras Administraciones Públicas y muy especialmente con la Administración General del Estado, no es ni puede ser -dicho con todo el respeto y consideración al meritado Auto y S. Ilma. Señoría- compartido por esta representación procesal».
La juez rechazó imputar a Pilar Bernabé en un auto de 22 abril. Liberum presentó entonces un recurso de apelación directa frente a ese auto, para que resolviera al respecto la Audiencia Provincial de Valencia.
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