Tribunal Constitucional

El Constitucional avalará la ley de eutanasia con una sentencia redactada por el magistrado de Podemos

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Pleno del Tribunal Constitucional, presidido por Cándido Conde-Pumpido

El magistrado Ramón Sáez, ponente de la sentencia de la ley de la eutanasia aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez, avalará la constitucionalidad de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, recurrida por Vox. Según ha podido saber OKDIARIO, el juez ha trasladado «unas notas» al resto de compañeros sobre su posición con respecto a esta ley que se debatirá en los plenos de los próximos días. Las mismas fuentes aseguran que este magistrado de la órbita de Unidas Podemos ha comunicado que rechazará «todos los artículos recurridos»  por la formación de Santiago Abascal y declarará la «constitucionalidad total» de la ley.

El presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, decidió debatir sobre este recurso de Vox en los próximos plenos que se celebren. De hecho, en la primera reunión, el ponente no elevará un borrador porque su intención es «llevar unas anotaciones» y establecer un supuesto «debate de ideas y propuestas de solución, que sea profundo y sosegado» para que los magistrados hagan las sugerencias que consideren oportunas dada la relevancia del asunto.

Pero, las anotaciones ya apuntan en una sola dirección: avalar la ley de la eutanasia, una de las leyes claves del Gobierno de Sánchez. Y, explican fuentes internas, su propuesta recibirá el respaldo necesario para ser aprobada, porque Sáez pertenece al bloque de izquierdas del tribunal que en la actualidad son mayoría. Entre sus apoyos destacan el ex ministro socialista Juan Carlos Campos y la magistrada del Constitucional Laura Díez ,que no se han apartado de la deliberación, pese a haber formado parte del Gobierno de Sánchez cuando se aprobó la ley recurrida.

180 personas muertas

La eutanasia, regulada en 2021 a instancias del Gobierno de Pedro Sánchez, pueden solicitarla las personas que sufran «una enfermedad grave e incurable» o un «padecimiento grave, crónico e imposibilitante» que afecte a la autonomía y que genere un «sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable».

El paciente podrá recibir la eutanasia unas cinco semanas después de solicitarla, tras ser informado de las distintas alternativas y de los cuidados paliativos disponibles y después de confirmar su voluntad de morir al menos en cuatro ocasiones a lo largo de todo el proceso. Una comisión de garantía y evaluación, compuesta por personal médico, de enfermería y juristas, supervisa cada caso y es responsable en última instancia de autorizarlo.

En su primer año de aplicación, de junio de 2021 a junio de 2022, 180 personas ejercieron su derecho a la eutanasia en España. Los efectos de esta ley son irrevocables, por eso Vox impugnó la norma al entender que se infringía el «derecho fundamental a la vida que el Estado debe proteger como lo es también su deber de ofrecer cuidados paliativos a los que sufren», explicaban desde la formación.

Derecho a la vida

El partido de Abascal recurrió la ley ante la Corte de Garantía al entender que la ley de la eutanasia vulnera varios preceptos de la Constitución, entre los que destaca los derechos a la vida y a la dignidad de la persona. Los recurrentes también argumentaron que «la configuración de la eutanasia como un derecho subjetivo de nueva generación -en la que su titular estaría legitimado para exigir del sujeto pasivo, esto es, del Estado que actúe para provocar la muerte de un ciudadano- contradice de forma radical lo afirmado reiteradamente por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sentencia de 29 de abril de 2002, Pretty c. Reino Unido) y por el Tribunal Constitucional (por todas, STC 154/2002, de 18 de julio) de que no existe un derecho a exigir que se provoque la propia muerte».

El texto que presentó Vox subrayaba que «no puede, pues, el legislador introducir un nuevo derecho individual cuya existencia no solo ha sido negada por los más altos tribunales, sino que además implicaría infringir un derecho fundamental como es el de la vida», consagrado ambo en el artículo 15 de la Constitución. Sin embargo, según fuentes internas del órgano, el ponente Ramón Sáez defenderá que no se vulnera el derecho a la vida recogido en la Carta Magna y, por tanto, que sí se puede exigir la muerte.

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