España
Ley de Familias

El CGPJ avisa de que algunos de los 20 tipos de familia de la ley Belarra «no lo son»

El Gobierno de Pedro Sánchez ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros la Ley de Familias para continuar con su trámite parlamentario. El Ejecutivo espera que entre en vigor esta legislatura. La norma, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales de Ione Belarra, carece del respaldo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El órgano de gobierno de los jueces avisa de que extiende las prestaciones y medidas familiares a supuestos que «no lo son», en alusión a la veintena de tipos de familia que contempla esta nueva norma.

El comité técnico del CGPJ considera que existen «dudas» de la competencia del Estado en materia de la regulación de la protección social a las familias. También advierte de la existencia de «varias incidencias» en ese sentido que «deberían evitarse en buena técnica normativa y en beneficio de la seguridad jurídica».

El órgano judicial aconseja al Gobierno de Sánchez incluir en la ley definiciones «claras» sobre qué se considera unidad familiar y sobre los tipos específicos de situaciones familiares. En este sentido, insta a realizar una redacción «alternativa que diferencie la convivencia estable y notoria y el registro de la pareja de hecho», con el objetivo de «acreditar la existencia de una unidad familiar». «La veintena de tipos de familia que contempla la ley genera inseguridad y desigualdad», destaca.

El CGPJ recomienda que «se clarifique» en la norma cuándo las medidas deben aplicarse a las parejas convivientes con descendencia común con el fin de evitar «cualquier atisbo de trato desigual de los menores en función de su filiación» y crear así «una diferencia de trato entre hijos de parejas de hecho registradas y no registradas».

Por otro lado, advierte al Ejecutivo de Sánchez de que «echa de menos» que defina «concretamente» las situaciones en las que las personas que vivan solas y los núcleos de convivencia no familiares puedan ser destinatarios de tales medidas. El CGPJ considera que se están extendiendo las prestaciones y medidas familiares a supuestos que «no lo son» y que, en principio quedarían fuera del artículo 39 de la Constitución sin que tampoco «se aprecie ni se justifique el motivo de dicha equiparación a personas individuales o a grupos que no se pueden identificar como familia por mantener únicamente la convivencia común, sin perjuicio de que merezcan algún tipo de protección».

«Entiende este consejo que la norma proyectada rebasa el marco constitucional y crea confusión, inseguridad jurídica y desigualdades entre los destinatarios d e las líneas medidas de protección recogidas», recalca el comité técnico del Consejo General del Poder Judicial.

Nuevas familias

Ione Belarra había pedido comparecer en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este martes, pero el presidente del Gobierno no le ha dejado. Para sortear el veto, la dirigente de Podemos ha colgado un vídeo en sus redes sociales en las que detalla las medidas de la Ley de Familias.

La norma incluye tres nuevos permisos para el cuidado de familiares o convivientes, asimila las familias monoparentales con dos hijos a las numerosas y reconoce los «diferentes tipos de familias», como adoptivas, reconstituidas, LGTBI, con algún miembro con discapacidad, múltiples o acogedoras. Las conocidas hasta ahora como «familias numerosas» pasan a denominarse, según el texto, «familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza», por lo que su número ascendería a más de un millón. Se incorporan a esta definición unos 300.000 hogares de un solo progenitor con dos hijos que pasan a tener esa condición que reconoce derechos y ayudas.

Sin «pin parental»

La ley crea un registro de parejas de hecho que podrán acceder a los distintos permisos, como los 15 días que se da por matrimonio, y reconoce el derecho a la atención temprana. También recoge la ampliación de la renta crianza de 100 euros al mes por hijo menor de 3 años que solo cobraban las madres trabajadoras a aquellas que están en paro o que hayan cotizado al menos un mes, una medida que ya está en marcha desde enero.

Esta Ley de Familias transpone la directiva europea de conciliación de 2019 y modifica el Estatuto de los Trabajadores. Incluye un permiso retribuido de cinco días al año para atender a un familiar hasta segundo grado o un conviviente y el derecho a ausentarse por motivos familiares urgentes, en casos de enfermedad o accidente, hasta cuatro días también retribuidos.

Es norma incorpora un nuevo permiso de ocho semanas, pero no retribuido, para padres y madres de hijos menores de 8 años, que podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial.

El texto final ha retirado a última hora la prohibición del conocido como «pin parental», como proponía el anteproyecto de la norma impulsada por Ione Belarra. Esta decisión se ha tomado «atendiendo a la recomendación y el criterio técnico del Consejo de Estado para que la norma sea conforme a su dictamen», han asegurado fuentes el Ministerio de Derechos Sociales.