El CGPJ avisa a Sánchez que no podrá ampararse en su Ley de Secretos para ocultar el uso del Falcon
Sánchez anuncia nueva ley de secretos oficiales y reforma del control del CNI
El Gobierno se llena de cargos que podrán silenciar lo que estimen “contrario a los intereses de España”
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobará este jueves, según confirman a OKDIARIO fuentes judiciales, un informe que será crítico con la Ley de Secretos Oficiales de Pedro Sánchez. Este borrador –que es preceptivo, pero no vinculante–, al que ha tenido acceso este periódico, avisa a Sánchez de que para declarar secreta una información debe explicarlo «claramente» e ir «más allá de la mera referencia a la entidad del perjuicio a España», para no caer en «apreciaciones subjetivas o arbitrarias». Es decir, el Ejecutivo debe explicar por qué la publicidad de dicha información produce un supuesto daño para los intereses del Estado y, en consecuencia, evitar así un uso abusivo de la norma. Pues se da la circunstancia de que, en los últimos años, Sánchez se ha acogido a la Ley franquista de 1968 para no facilitar detalles sobre sus viajes en Falcon y Super Puma, blindando dicha información como auténticos secretos de Estado.
En reiteradas ocasiones, el Gobierno se ha escudado en la Ley de Secretos Oficiales de 1968 para no facilitar información alguna sobre los desplazamientos de Sánchez a bordo de las aeronaves del Estado, su coste, su huella medioambiental o sus acompañantes. Con la nueva Ley de Información Clasificada, el presidente intenta seguir manteniendo la opacidad de sus viajes –gran parte de ellos privados y con familiares– costeados con dinero público, porque el texto –de aprobarse tal cual– recoge en una disposición transitoria cómo ha de tratarse la información que se encuentra clasificada antes de la entrada en vigor de la nueva ley.
«El procedimiento de desclasificación de esta información podrá ser iniciado de oficio o a petición razonada de persona directamente afectada», subraya el anteproyecto. Es decir, en la práctica, quedará en manos de las autoridades -el Consejo de Ministros- o del juez, siempre y cuando una persona acredite un interés legítimo, algo muy complicado en casos como el Falcon. En ese caso, la persona afectada deberá solicitar la desclasificación, que será evaluada por el Gobierno y resuelta «siempre que no se ponga en peligro la seguridad ni la defensa nacional». La desclasificación se realizará de modo singular y se limitará a aquellos documentos necesarios para satisfacer la pretensión de la persona interesada. En caso de que se niegue, el interesado podrá recurrir al juez, que determinará en última instancia si debe hacerse pública.
En resumen, es el Gobierno el que debe tomar la iniciativa –una vez que se aprueba la nueva ley– de desclasificar los documentos ahora secretos o bien, a petición de un interesado que acredite por qué quiere acceder a ellos, y esa solicitud sea aprobada por el propio Ejecutivo.
Es «subjetivo y arbitrario»
Sin embargo, el vocal Wenceslao Olea –ponente del informe que debe emitir el órgano de gobierno de los jueces– reprende al Ejecutivo socialista por la falta de regulación sobre lo que se debe considerar un asunto de materia reservada. «La exposición de motivos no justifica las materias elegidas, y menos aún su amplitud, limitándose a señalar de forma genérica que se entiende por información clasificada aquella respecto de la cual las autoridades con competencia para clasificar decidan que requiere de una protección especial contra su divulgación no autorizada o utilización indebida, lo que supone fundamentar la clasificación en la subjetividad de la autoridades competentes -lo que se ve además agravado ante la extensa y tampoco justificada lista de éstas-, así como la ocultación de informaciones no susceptibles de tal velo», expone.
El vocal argumenta que existe una deficiencia notoria en el proyecto estrella del ministro de Presidencia, Félix Bolaños. «La regulación de la norma proyectada debe reputarse insuficiente, y desconectado de la fundamentación constitucional de la clasificación, pues el parámetro no es sólo la gravedad del daño, sino, principalmente, que ese daño se produciría sobre el bien jurídico que debe protegerse, y no sobre cualquier interés de España o sobre apreciaciones subjetivas o arbitrarias de la autoridad de clasificación», subraya.
Y es que, el uso abusivo de clasificar información como secreta podría mermar «los principios de publicidad y transparencia en la actuación de los Poderes Públicos que resultan indispensables y consustanciales al régimen democrático».
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