La Audiencia Nacional rechaza frenar las expulsiones de los menas a Marruecos
Marlaska echa ahora mano de un acuerdo que no cumple ni Marruecos para expulsar a los menas
La llegada de inmigrantes ilegales a Ceuta se dispara un 164%… a falta de la actualización de Interior
La Fiscalía abre una investigación a Marlaska por la repatriación de menores desde Ceuta a Marruecos
La devolución de menores inmigrantes de Ceuta a Marruecos no estarían violando los derechos de los niños. Así lo entiende la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que ha rechazado acordar la suspensión cautelar en tanto no se deducen las violaciones de derechos a los estos menas denunciadas por la asociación Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado.
En el auto explica que si bien hay razones de urgencia para resolver la cautelar porque los retornos se están produciendo en estos días, rechaza adoptar esa medida porque la solicitud debe plantearse en los procedimientos previstos y regulados detalladamente en la legislación española a los que remite el Acuerdo Hispano-marroquí.
«En los que cabrá, en su caso, apreciar si existen las vulneraciones de derechos fundamentales denunciadas, e impugnar, planteando las solicitudes cautelares que se consideren oportunas, bien su resolución, bien la ausencia de tales procedimientos, ante los órganos de esta jurisdicción que sean competentes que ya tienen conocimiento de alguno de estos recursos», dice la resolución.
En consecuencia, y sin prejuzgar el fondo del recurso, la Sala rechaza acordar la suspensión cautelar en tanto que del acto impugnado, en una primera aproximación cautelar, no se deducen las violaciones de derechos denunciadas en relación con el acto objeto del presente recurso.
El tribunal responde también a la falta de competencia de la Audiencia Nacional alegada por el Ministerio de Interior y explica que el objeto del presente recurso es un escrito de 10 de agosto de 2021 con el membrete de la Secretaría de Estado de Seguridad por el que se acuerda que se proceda a ejecutar las previsiones recogidas en el artículo 5 del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre la cooperación en el ámbito de la prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y retorno concertado. La Sala considera que el escrito, aunque presenta defectos de forma, como la falta de firma, no impide al tribunal reconocer su competencia para conocer y resolver sobre la medida cautelarísima solicitada.
Lo último en España
-
Montero dice que el tráfico de drogas ha bajado y la Guardia Civil le replica: «El hachís incautado sube un 38%»
-
Desbandada en el Gobierno: 140 altos cargos regresan a sus plazas de funcionarios porque ven «el final de Sánchez»
-
El TSJA refuerza la justicia ceutí con dos jueces de guardia y una plaza en el tribunal de violencia sobre la mujer
-
El Gobierno anuncia 25 días después de la invasión que creará el mando único que le exigía el PP
-
El Gobierno veta la presencia del Rey en el Consejo de Seguridad Nacional sobre la invasión de Ceuta
Últimas noticias
-
Héroe en Palma: un vecino caza a un ladrón robando en su furgoneta, le graba y lo inmoviliza hasta la llegada de la Policía
-
El falso descuento del IVA: un comercial de extintores de Palma se quedaba el dinero de la empresa al cobrar en efectivo a los clientes
-
Estupor en las carreteras de Mallorca: circula con la puerta de su coche abierta de par en par para transportar una nevera
-
El Supremo de EEUU allana el camino para que Trump pueda restringir el voto por correo
-
Montero dice que el tráfico de drogas ha bajado y la Guardia Civil le replica: «El hachís incautado sube un 38%»