La Audiencia Nacional rechaza frenar las expulsiones de los menas a Marruecos
Marlaska echa ahora mano de un acuerdo que no cumple ni Marruecos para expulsar a los menas
La llegada de inmigrantes ilegales a Ceuta se dispara un 164%… a falta de la actualización de Interior
La Fiscalía abre una investigación a Marlaska por la repatriación de menores desde Ceuta a Marruecos
La devolución de menores inmigrantes de Ceuta a Marruecos no estarían violando los derechos de los niños. Así lo entiende la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que ha rechazado acordar la suspensión cautelar en tanto no se deducen las violaciones de derechos a los estos menas denunciadas por la asociación Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado.
En el auto explica que si bien hay razones de urgencia para resolver la cautelar porque los retornos se están produciendo en estos días, rechaza adoptar esa medida porque la solicitud debe plantearse en los procedimientos previstos y regulados detalladamente en la legislación española a los que remite el Acuerdo Hispano-marroquí.
«En los que cabrá, en su caso, apreciar si existen las vulneraciones de derechos fundamentales denunciadas, e impugnar, planteando las solicitudes cautelares que se consideren oportunas, bien su resolución, bien la ausencia de tales procedimientos, ante los órganos de esta jurisdicción que sean competentes que ya tienen conocimiento de alguno de estos recursos», dice la resolución.
En consecuencia, y sin prejuzgar el fondo del recurso, la Sala rechaza acordar la suspensión cautelar en tanto que del acto impugnado, en una primera aproximación cautelar, no se deducen las violaciones de derechos denunciadas en relación con el acto objeto del presente recurso.
El tribunal responde también a la falta de competencia de la Audiencia Nacional alegada por el Ministerio de Interior y explica que el objeto del presente recurso es un escrito de 10 de agosto de 2021 con el membrete de la Secretaría de Estado de Seguridad por el que se acuerda que se proceda a ejecutar las previsiones recogidas en el artículo 5 del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre la cooperación en el ámbito de la prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y retorno concertado. La Sala considera que el escrito, aunque presenta defectos de forma, como la falta de firma, no impide al tribunal reconocer su competencia para conocer y resolver sobre la medida cautelarísima solicitada.
Lo último en España
-
Sánchez aumenta un 24% el gasto en la limpieza de la sede del Júcar mientras olvida reparar el Poyo
-
El Gobierno vasco ha rechazado acoger en sus cárceles a 638 presos tras aceptar a todos los etarras
-
Moncloa se gasta 456.000 € en un consorcio fantasma cuya web oficial promociona los casinos online
-
El PSOE quiere que los españoles con casa sin «intimidad para establecer relaciones» pasen a ser sintecho
-
El Gobierno planea que todas las multas del Estado se paguen en función de la renta
Últimas noticias
-
Multas por nivel de renta, el fin del principio de igualdad
-
Todos a una contra la okupación: la colaboración de todo un pueblo de Galicia para recuperar una casa
-
Los economistas alertan: esto que está por llegar podría ser peor que en 2008 y pocos están preparados
-
Aviso urgente de la AEMET por fuertes nevadas a partir de hoy en Madrid: riesgo de aludes
-
La AEMET ya sabe el tiempo que va a hacer en Semana Santa en España y no es lo que imaginabas