La Audiencia Nacional rechaza frenar las expulsiones de los menas a Marruecos
Marlaska echa ahora mano de un acuerdo que no cumple ni Marruecos para expulsar a los menas
La llegada de inmigrantes ilegales a Ceuta se dispara un 164%… a falta de la actualización de Interior
La Fiscalía abre una investigación a Marlaska por la repatriación de menores desde Ceuta a Marruecos
La devolución de menores inmigrantes de Ceuta a Marruecos no estarían violando los derechos de los niños. Así lo entiende la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que ha rechazado acordar la suspensión cautelar en tanto no se deducen las violaciones de derechos a los estos menas denunciadas por la asociación Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado.
En el auto explica que si bien hay razones de urgencia para resolver la cautelar porque los retornos se están produciendo en estos días, rechaza adoptar esa medida porque la solicitud debe plantearse en los procedimientos previstos y regulados detalladamente en la legislación española a los que remite el Acuerdo Hispano-marroquí.
«En los que cabrá, en su caso, apreciar si existen las vulneraciones de derechos fundamentales denunciadas, e impugnar, planteando las solicitudes cautelares que se consideren oportunas, bien su resolución, bien la ausencia de tales procedimientos, ante los órganos de esta jurisdicción que sean competentes que ya tienen conocimiento de alguno de estos recursos», dice la resolución.
En consecuencia, y sin prejuzgar el fondo del recurso, la Sala rechaza acordar la suspensión cautelar en tanto que del acto impugnado, en una primera aproximación cautelar, no se deducen las violaciones de derechos denunciadas en relación con el acto objeto del presente recurso.
El tribunal responde también a la falta de competencia de la Audiencia Nacional alegada por el Ministerio de Interior y explica que el objeto del presente recurso es un escrito de 10 de agosto de 2021 con el membrete de la Secretaría de Estado de Seguridad por el que se acuerda que se proceda a ejecutar las previsiones recogidas en el artículo 5 del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre la cooperación en el ámbito de la prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y retorno concertado. La Sala considera que el escrito, aunque presenta defectos de forma, como la falta de firma, no impide al tribunal reconocer su competencia para conocer y resolver sobre la medida cautelarísima solicitada.
Lo último en España
-
Andalucía es la comunidad que más porcentaje del PIB destina a financiación de universidades públicas
-
PP y Vox rompen en el Ayuntamiento de Burgos por las ayudas a las ONG que acogen a inmigrantes
-
Sara Aagesen sustituirá a Ribera como vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica
-
La falta de medios de la Guardia Civil en Almería evita que intercepten a once narcolanchas en un día
-
El PSOE se querella contra Aldama por injurias pero el comisionista se reafirma: «Tengo pruebas»
Últimas noticias
-
Así está el estadio con el que Gibraltar engañó a la UEFA: ni rastro de la reforma prometida
-
Un soltero de ‘First Dates’ lanza una inesperada advertencia a su cita: «No me critiques mucho»
-
Gibraltar engañó a la UEFA con la creación de un estadio de 8.000 asientos más caro que el Metropolitano
-
El aviso de Banco de España sobre el dinero que has perdido en la DANA que debes conocer
-
El español que diseñó la esfera de F1 en Las Vegas a OKDIARIO: «Si se ilumina por Alonso hacemos patria»