Gobierno Pedro Sánchez

El Supremo suspende el ‘decretazo’ de Sánchez que ‘fulminó’ al vicealmirante de la Armada

Cinco magistrados dan la razón, cautelarmente, al Vicealmirante en una decisión única y sin precedentes

Defensa negó que fuese una represalia por la expulsión de dos aspirantes con tatuajes

El Supremo suspende el ‘decretazo’ de Sánchez que ‘fulminó’ al vicealmirante de la Armada

Varapalo judicial al Gobierno por la destitución del vicealmirante al que mandó a la reserva tras la polémica oposición en la que se excluyó a dos aspirantes a la Armada por sus tatuajes.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha suspendido la ejecución de decreto aprobado el pasado mes de agosto por el Gobierno socialista en el que se acordaba enviar a la reserva forzosa al entonces vicealmirante de la Armada Alfonso Carlos Gómez Fernández de Córdoba, subdirector de reclutamiento.

En una decisión única y de la que no existen precedentes, 5 magistrados han emitido un auto en el que deciden, así, sobre la admisión de la medida cautelar solicitada por Fernández de Córdoba, hasta que se resuelva el recurso presentado por éste contra la decisión unilateral del Gobierno.

Sánchez y su Consejo de Ministros aprobaron, en Real Decreto 1095/2018, de 31 de agosto, el cese del mando militar en su puesto y su paso inmediato a la reserva. El vicealmirante del Cuerpo General de la Armada es un cargo de especial “confianza” dentro de la estructura de Defensa, al que el Ejecutivo apartó fulminantemente de su puesto tras la polémica surgida en un proceso de admisión de nuevos efectivos al cuerpo, donde dos aspirantes fueron expulsadas por tener tatuajes.

En resolución 430/38199/2018, publicada en el Boletín Oficial del Estado, el 3 de agosto, el Subsecretario de Defensa, Alejo de la Calle, formalizaba el cese del vicealmirante apoyándose en las facultades recogidas en el artículo 63.1.l) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Posteriormente, el Gobierno decretaría por razones de “extraordinaria y urgente necesidad” la retirada del vicealmirante, Gómez Fernández de Córdoba, del servicio activo. Sin que con anterioridad se le facilitase el acceso al expediente administrativo que conllevaba dicha decisión y las razones que motivaron la “propuesta” de cambio.

En un varapalo jurídico inédito en este tipo de materia, el Tribunal Supremo ordena al Ejecutivo socialista dejar sin efecto la aplicación de su decisión por lo que, hasta que se dicte sentencia firme, el vicealmirante deberá ser readmitido en su puesto.

Represalia política

Alfonso Carlos Gómez Fernández de Córdoba, entonces Subdirector General de Reclutamiento y Orientación Laboral, descalificó a dos candidatas a ingresar en la institución militar por ser portadoras de tatuajes.

La regulación normativa de la indumentaria militar prohíbe a los profesionales de Defensa que los tatuajes queden a la vista con el uniforme reglamentario. Argumentando que, dado que el uso de falda en el ejército es opcional, no se producía en su caso porque vistiendo pantalones sus marcas corporales no resultaban visibles, una de las afectadas recurrió la decisión.

Como consecuencia de ello, las correspondientes oposiciones a Psicología Militar fueron suspendidas por Defensa, que convocó una nueva fecha de celebración incluyendo a las dos descartadas.

Aunque desde el propio Ministerio negaron cualquier tipo de conexión entre el cese -y paso a reserva del mando militar- y la polémica de las oposiciones, asegurando que era una decisión prevista, el afectado manifestó su disconformidad en todo momento y el Tribunal Supremo, de forma cautelar, ha decidido darle la razón.

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