Terremoto confirmado en la Renta: Hacienda permite desgravar las facturas de la óptica si cumples estas condiciones
Cómo deducirse el gasto en gafas en la declaración de la Renta
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La campaña de la Renta ya está en marcha desde hace unos días y, como suele pasar cada año, empiezan a aparecer dudas con algunos gastos que no todo el mundo tiene claros. Uno de ellos es el de las gafas. Aunque mucha gente da por hecho que no se pueden incluir en la declaración los gastos de la óptica, en realidad hay casos en los que sí es posible. Pero no es algo general ni automático, y depende bastante de dónde vivas, pero puede suponer un pequeño ahorro si se cumplen las condiciones. Con los precios actuales de las lentes o las lentillas, no es un detalle menor, por lo que conviene revisar bien la normativa antes de confirmar el borrador y ver si este gasto se puede aprovechar.
Fue el miércoles 8 de abril cuando arrancó la campaña de la declaración de la renta correspondiente a 2025 y, con ella, ese momento en el que muchos contribuyentes revisan el borrador con la duda de si falta algo por incluir. No es raro que se pasen por alto ciertas deducciones, sobre todo las menos conocidas. Porque puede que te encuentres con las de siempre, las que todo el mundo tiene más o menos controladas, y que tal vez se aplica, pero también otras que no lo están tanto ya que varían o de hecho aparecen o no en función de donde se viva. Y ahí es donde entran gastos que, en principio, nadie relacionaría con Hacienda, como unas gafas o el gasto de óptica. Y aunque no es una deducción general en algunos casos concretos sí se puede aplicar así que conviene saber bien a qué se corresponde esta deducción, dónde se aplica y quienes la pueden añadir en su declaración.
Cuándo desgravar las facturas de la óptica en la Renta
La deducción por los gastos de gafas o de la óptica en la Renta, no es algo que dependa de Hacienda a nivel estatal, sino de cada comunidad autónoma. Y eso cambia bastante el panorama. A día de hoy, sólo tres comunidades contemplan este tipo de deducción: Comunidad Valenciana, Murcia y Canarias.
En la Comunidad Valenciana, se puede deducir el 30% de lo que se haya gastado en gafas graduadas, lentillas o incluso los líquidos de limpieza. Eso sí, con un tope de 100 euros, así que tampoco se dispara el ahorro. En Murcia la idea es parecida, pero con un matiz importante: está pensada para menores de 12 años. Es decir, son los padres los que pueden incluir ese gasto, también con un 30% y el mismo límite. Y luego está el caso de Canarias, donde la deducción es algo más baja, del 12%, pero más amplia en concepto. Incluye aparatos o complementos destinados a corregir deficiencias físicas, y ahí entran las gafas y las lentillas.
Qué condiciones hay que cumplir
No basta con haber pasado por la óptica y guardar el ticket para meterlo en la renta. Aquí hay varios requisitos que, en la práctica, dejan fuera a bastante gente. El primero es evidente: vivir en una de esas comunidades. Si no es así, no hay nada que hacer.
El segundo tiene que ver con el uso de las gafas. Tienen que ser para corregir un problema visual. Es decir, no entran gafas sin graduación ni nada que tenga un uso más estético. Y luego está la parte práctica, que es donde muchos fallan. Hay que tener la factura. No vale con cualquier justificante, tiene que ser una factura como tal, por si Hacienda pide comprobarlo. Además, hay un detalle que suele generar confusión: aunque la declaración se haga en 2026, sólo cuentan las compras realizadas en 2025. Si las gafas son de este año, ya no entran.
Cómo se mete este gasto en la Renta
Este tipo de deducción por la compra de gafas no aparece sola o de forma automática en el borrador, así que hay que añadirla manualmente. Eso implica buscar la casilla correspondiente dentro de las deducciones autonómicas e introducir el importe. Puede parecer sencillo, pero es donde mucha gente directamente pasa de largo. A veces por desconocimiento y otras porque se da por hecho que no aplica. Y ahí es donde se pierde ese pequeño ahorro que, aunque no sea enorme, suma.
Un gasto habitual que casi nadie revisa
Las gafas no son precisamente un capricho. Son un gasto bastante común y, en muchos casos, necesario. Sin embargo, rara vez se piensa en ellas cuando se hace la declaración ya que no están en la lista mental de deducciones habituales, y eso hace que pasen desapercibidas.
El resultado es que hay contribuyentes que podrían incluir ese gasto de la óptica en la renta y no lo hacen simplemente porque no lo saben o porque no revisan las condiciones. Y teniendo en cuenta que el coste de unas gafas puede ser alto, aunque la deducción tenga límite, no deja de ser una forma de recuperar una parte del dinero.