Al SEPE no le tiembla la mano: va a quitar el paro a estas personas
La ayuda más desconocida del SEPE que no se te puede pasar: puedes cobrar 10.000 euros
El SEPE tiene buenas noticias: lo que podrás pedir a partir de esta fecha cambiará tu vida
Una de las principales prestaciones que ofrece el Sistema Público de Empleo Estatal (SEPE) es el conocido comúnmente como ‘paro’. Para acceder a esta ayuda, los solicitantes deben cumplir con requisitos específicos, como comprometerse a buscar empleo y cumplir con las exigencias del acuerdo de actividad incluido en la solicitud de prestación.
En el año 2024, de acuerdo con la información del SEPE, la cantidad diaria de la prestación por desempleo se establece en el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días, equivalente a seis meses. A partir del día 181, esta cifra se reducirá al 60%, al igual que en el año 2023, a diferencia de años anteriores en los que, a partir del sexto mes, solo se percibía el 50%.
Prestación por desempleo
Cuando alguien se queda sin trabajo y no puede encontrar un nuevo empleo de manera inmediata, es esencial comprender cuáles son los procedimientos necesarios para asegurar un ingreso mensual. En España, el Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) ofrece varias prestaciones para aquellos que enfrentan esta situación, siendo la más conocida la prestación por desempleo o ‘paro’.
Requisitos
Acceder a la prestación contributiva por desempleo conlleva cumplir una serie de requisitos específicos. En términos generales, es necesario haber trabajado más de un año y cotizado al menos 360 días en los últimos seis años. Además, es necesario estar afiliado a la Seguridad Social, estar registrado como demandante de empleo y encontrarse en una situación de desempleo legalmente reconocida.
Para poder cobrar el ‘paro’, es esencial haber perdido el empleo por motivos ajenos a la propia voluntad. Esto implica que la empresa debe despedir al trabajador o que se dé alguno de los cuatro supuestos que permiten dejar el trabajo de forma voluntaria y aún así cobrar el paro.
El SEPE examina minuciosamente los cambios de empleo en los que no se supera el periodo de prueba y se solicita el paro. Con el fin de prevenir posibles fraudes, el organismo analiza el tiempo transcurrido para determinar si se tiene o no el derecho al paro.
La duración de la prestación se determina considerando factores como el periodo de cotización, las responsabilidades familiares y el salario del último empleo. La solicitud implica la presentación de documentos obligatorios, como el DNI, tarjeta de la Seguridad Social, el contrato de trabajo previo y el formulario correspondiente.
Cuantía en 2024
El Real Decreto-Ley de simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, aprobado por el Consejo de Ministros el 19 de diciembre, introduce diversos cambios en las prestaciones. Entre las medidas destacadas se encuentran la eliminación del mes de espera para solicitar el subsidio, la ampliación de la cobertura a otras personas y la posibilidad de compatibilizarlo con un sueldo durante seis meses.
En cuanto a las cuantías, se establece que, en función del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), el subsidio por desempleo será del 95% del IPREM (570 euros al mes) durante los primeros seis meses, del 90% del IPREM (540 euros al mes) durante los siguientes seis meses, y del 80% del IPREM (480 euros) para el resto del periodo.
Obligaciones
Para seguir cobrando el ‘paro’, es esencial cumplir con una serie de obligaciones y responsabilidades. En primer lugar, es necesario cotizar por la aportación correspondiente a la contingencia de desempleo. Además, se debe proporcionar la documentación e información requerida para el reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del derecho a la prestación.
Asimismo, es crucial comunicar el domicilio para recibir notificaciones a los servicios públicos de empleo autonómicos y al SEPE, informando cualquier cambio de domicilio de manera oportuna. Participar en programas de empleo, así como en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales establecidas por los servicios públicos de empleo o agencias de colocación, también forma parte de las responsabilidades del beneficiario.
Aceptar la colocación adecuada ofrecida por los servicios públicos de empleo o agencias de colocación es otro aspecto fundamental. Además, es necesariorenovar la demanda de empleo según las indicaciones establecidas y presentarse ante los organismos competentes.
En situaciones que conduzcan a la suspensión o extinción de las prestaciones, o cuando dejen de cumplirse los requisitos exigidos, es imperativo solicitar la baja en las mismas. En caso de cantidades abonadas indebidamente por el SEPE, se debe proceder a su devolución.
Por otro lado, la colaboración activa con los servicios públicos de empleo o agencias de colocación es esencial, incluyendo la devolución del justificante de haberse presentado para cubrir una oferta de empleo en un plazo de cinco días. Además, la inscripción como demandante de empleo, el mantenimiento de dicha inscripción y el cumplimiento de las exigencias del acuerdo de actividad son requerimientos fundamentales.
Finalmente, buscar activamente empleo y participar en acciones que aumenten las posibilidades de ocupación, siguiendo las indicaciones de los servicios públicos de empleo competentes, dentro de un itinerario de inserción, completa las responsabilidades del beneficiario de las prestación por desempleo.
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