¿Qué cambia y qué no cambia con la reforma laboral de Sánchez?
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La reforma laboral que ha sido aprobada este jueves en el Congreso sin los votos de ERC y PNV, los socios de Sánchez, apenas modifica la aprobada en 2012 por Mariano Rajoy.
¿Qué cambia?
Los contratos ahora serán principalmente indefinidos, aunque la realidad es que se trata de un cambio de nombre para poder vender que han acabado con la temporalidad. Sólo se podrán hacer dos contratos temporales: de formación y el estructural, que consiste en permitir contratar durante 90 días no consecutivos a trabajadores para picos de demanda, como las rebajas, y por cuestiones de producción, que no podrá durar más de un año. Los contratos de obra, por ejemplo, ahora se llaman indefinidos.
Otro cambio: el convenio sectorial prevalecerá sobre el de empresa sólo para el tema salarial, no para el resto de cuestiones de organización laboral. La CEOE cedió en este punto a cambio de que no se tocara la flexibilidad de las empresas para despedir y que no se cambiara la subcontratación, es decir, que un banco que contrate un servicio de limpieza no tenga que pagar en función del convenio de banca sino al de servicios.
Ultimo cambio importante: vuelve la ultraactividad de los convenios colectivos. Esto quiere decir que si empresarios y trabajadores no han renovado el convenio éste seguirá en vigor indefinidamente, no como antes que dejaba de estar en vigor en un año. La CEOE ha cedido a esto porque en la práctica ya se estaba haciendo.
¿Y qué no cambia?
La flexibilidad de las empresas -clave para la patronal-, poder seguir contratando trabajadores de manera temporal, organizar los horarios de los trabajadores en función de la demanda, realizar ERTE y ERE. Y, por supuesto, la cuantía de los despidos, que no entraba dentro de esta negociación.
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