Economía
Okupación

El nuevo objetivo de los okupas: van directos a por estas casas y puedes estar en peligro

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Aunque la ocupación ilegal ha estado tradicionalmente asociada a viviendas abandonadas o en situación de vulnerabilidad, la realidad actual demuestra que ni siquiera las propiedades de lujo están a salvo. En los últimos años, ha crecido de forma alarmante el número de okupas en residencias situadas en enclaves turísticos y urbanizaciones exclusivas. Lugares como Ibiza, la Costa del Sol o la provincia de Alicante están registrando un incremento que preocupa tanto a propietarios como a inversores internacionales, especialmente aquellos que no residen de forma habitual en sus inmuebles.

La facilidad con la que se pueden ocupar ilegalmente segundas residencias, sumado al alto valor de reventa ilegal y a un marco legal complejo para los no residentes, ha convertido estas propiedades en objetivos prioritarios para los okupas. Este fenómeno está afectando a la percepción de seguridad en el mercado inmobiliario de lujo y comienza a generar incertidumbre entre compradores extranjeros que, hasta ahora, veían a España como un destino seguro y rentable para sus inversiones.

El nuevo blanco de los okupas: lujo y exclusividad

Las urbanizaciones con chalets frente al mar, mansiones con piscina infinita y vistas privilegiadas, han dejado de ser inmunes a la problemática de la ocupación ilegal. Abogados especializados en el sector inmobiliario de lujo, como Ángel Sánchez de Golden Partners, señalan que este tipo de viviendas presenta ciertas condiciones que las hacen especialmente vulnerables: baja ocupación temporal, localización aislada y propietarios ausentes, tal y como recoge El Debate.

En Ibiza, por ejemplo, zonas como San José o Santa Eulalia, conocidas por albergar algunas de las propiedades más lujos de Europa, están viendo cómo aumenta este tipo de delitos. La situación se repite en la Costa del Sol, especialmente en Marbella, Estepona y Fuengirola, donde algunas viviendas superan los 10 millones de euros. En estos enclaves, Sánchez afirma que han detectado un repunte de casi el 10 % en okupaciones sólo durante el último año.

Una de las consecuencias más relevantes de este fenómeno es el impacto directo sobre la percepción del mercado inmobiliario en España. Cuando una zona empieza a ser señalada por problemas de ocupación ilegal, no sólo se resiente la confianza de los compradores, sino también el valor de los activos.

Esto afecta principalmente a los compradores procedentes de Estados Unidos, Reino Unido, Emiratos Árabes o Latinoamérica, quienes comparan el marco legal español con otros países europeos. Aunque España sigue siendo atractiva por su clima, calidad de vida y rentabilidad a largo plazo, este tipo de riesgos se convierte en un factor decisivo para muchos inversores.

Herramientas jurídicas

La legislación española distingue entre dos tipos de ocupación ilegal. Por un lado, el allanamiento de morada, regulado en el artículo 202 del Código Penal, se refiere a la ocupación de viviendas habitadas o destinadas al uso habitual del propietario. Este delito está considerado grave y contempla penas de prisión.

Por otro lado, la usurpación, recogida en el artículo 245 del mismo código, afecta a inmuebles deshabitados. Aunque también es ilegal, la pena suele ser menor y el proceso de desalojo puede alargarse si no se actúa de forma inmediata. El problema es que muchas propiedades de lujo se encuentran deshabitadas durante largos periodos, por lo que entran dentro de esta segunda categoría, más lenta y menos contundente desde el punto de vista legal.

Ante el creciente número de casos y la presión social, en abril de 2024 entró en vigor una reforma procesal que permite abordar casos de okupación mediante juicios rápidos. Gracias a una enmienda introducida por error durante la tramitación parlamentaria de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ahora es posible tramitar los casos de usurpación y allanamiento en procedimientos abreviados, lo que reduce significativamente los plazos.

Una vez detectada la ocupación ilegal y presentada la denuncia, la policía judicial tiene un plazo máximo de 72 horas para remitir la documentación al juez. Si se admiten diligencias urgentes, el juicio puede celebrarse en apenas 15 días. La sentencia debería dictarse en los tres días siguientes, lo que abre la puerta a una recuperación del inmueble en menos de un mes.

Desahucio por precario

Además de la vía penal, los afectados también pueden optar por un procedimiento civil. El llamado juicio de desahucio por precario es una opción válida cuando no se quiere o no se puede demostrar delito penal. Esta vía puede resultar eficaz, pero depende en gran medida de la rapidez de actuación, del tipo de inmueble y de la estrategia legal que se adopte.

En el caso de propiedades de lujo, donde los perjuicios pueden ascender a millones de euros y afectar incluso a la reputación del propietario o del promotor, actuar con agilidad es fundamental. Los despachos especializados en inmuebles exclusivos insisten en la importancia de contar con asesoría desde el momento de la adquisición del inmueble, no sólo para defenderse de los okupas, sino para estar preparados ante cualquier eventualidad.