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La nueva prestación para los trabajadores afectados por los incendios cubrirá el 70% del sueldo hasta 4 meses

El Gobierno aprueba un real decreto con medidas para los trabajadores afectados por los incendios

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Yolanda Díaz, ministra de Trabajo. (Foto: Europa Press)
Carlos Ribagorda

La nueva prestación extraordinaria que ha aprobado el Gobierno este martes en Consejo de Ministros para los trabajadores afectados por los incendios de Madrid, Ávila, Toledo y Castellón cubrirá finalmente el 70% del salario y se podrá cobrar durante un máximo de cuatro meses.

Podrán acceder a esta ayuda quienes no puedan llegar a su vivienda por evacuaciones o restricciones acordadas por las autoridades, cuando ello les impida recuperar los bienes indispensables para acudir al trabajo y siempre que no sea posible realizar su actividad a distancia; deban realizar tareas de limpieza, traslado, recuperación de enseres o reacondicionamiento de su domicilio, así como trámites administrativos presenciales derivados de la emergencia; o tengan que atender responsabilidades de cuidado de su cónyuge, pareja de hecho, familiares u otras personas convivientes afectadas, incluidos los casos derivados del cierre de centros educativos u otros servicios.

La prestación tendrá carácter excepcional, ya que no exigirá un periodo mínimo de cotización, equivaldrá al 70% de la base reguladora, podrá percibirse durante un máximo de cuatro meses y no consumirá las cotizaciones acumuladas para futuras prestaciones por desempleo. La ayuda nacerá desde la fecha efectiva de la suspensión del contrato.

El real decreto-ley refuerza además la protección de los derechos laborales de las personas afectadas y establece que cualquier represalia empresarial por el ejercicio de estos derechos será considerada nula.

La norma aprobada -que debe ser convalidada en el Congreso de los Diputados- amplía el permiso retribuido por fallecimiento cuando la muerte esté relacionada con los incendios forestales, que pasará a ser de hasta cinco días hábiles desde el hecho causante hasta los cinco días hábiles posteriores al sepelio, tanto para trabajadores por cuenta ajena como para socios de cooperativas.

Las medidas tendrán efectos desde el 23 de julio de 2026 y seguirán aplicándose hasta el final de la campaña anual de alto riesgo de incendios, aunque el decreto entre en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La nueva prestación aprobada por el Ministerio de Trabajo que dirige Yolanda Díaz será gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y tendrá naturaleza contributiva para las personas que no puedan desarrollar su trabajo por causas directamente relacionadas con los incendios.

Corrupción

Además, el Gobierno ha aprobado este martes también el anteproyecto de ley por el que se modifica el Estatuto de los Trabajadores para reforzar la protección de los empleados que informen sobre infracciones normativas y casos de corrupción en el ámbito laboral, con el objetivo de blindarles frente a represalias y discriminaciones.

La reforma busca reforzar las garantías de indemnidad de estos trabajadores, al considerar que el sistema de protección «quedaría enormemente debilitado» si se limitara a reconocer la indemnización correspondiente al despido improcedente.

El texto prohíbe cualquier discriminación, directa o indirecta, tanto en el acceso al empleo como una vez iniciada la relación laboral, por comunicar o revelar infracciones normativas o hechos de corrupción conforme a la Ley 2/2023 de protección de los informantes.

Declara la nulidad del despido durante el periodo de prueba, de los despidos por causas objetivas y disciplinarias cuando se produzcan como represalia por revelar o comunicar este tipo de infracciones. También serán nulas las órdenes de discriminar y las decisiones empresariales que supongan un trato desfavorable hacia estas personas trabajadoras.

La norma extiende igualmente esta protección a quienes sufran represalias por presentar reclamaciones en la empresa o por emprender acciones administrativas o judiciales dirigidas a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación o relacionadas con la revelación o comunicación de infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

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