La Justicia europea sentencia que se puede obligar a un empleado a trabajar hasta 12 días seguidos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha sentenciado este jueves que una empresa puede obligar a un empleado a trabajar hasta doce días seguidos si se cumplen las normas sobre descanso diario y duración máxima de trabajo semanal, puesto que el día de descanso que tiene que concederse a los trabajadores no tiene que ser obligatoriamente el séptimo día después de seis días de trabajo consecutivos.
El caso responde a la cuestión elevada por la Audiencia de Oporto sobre un ciudadano portugués que demandó a la empresa en la que había trabajado por haber acumulado actividad durante siete días consecutivos en más de una ocasión. Esta persona solicitó una indemnización equivalente a las horas extraordinarias trabajadas.
La normativa europea actual estipula que todos los trabajadores deben disfrutar, por cada periodo de siete días, de un periodo mínimo de descanso ininterrumpido de veinticuatro horas, a las que se añadirán las once horas de descanso diario.
No es obligatorio
En su fallo, el Tribunal con sede en Luxemburgo determina que la legislación comunitaria no exige que se conceda un periodo de descanso «como muy tarde el séptimo día después de seis días de trabajo consecutivo», sino que «obliga a que tal periodo se conceda dentro de cada periodo de siete días».
Así concluye que puede obligarse al trabajador, en principio, a trabajar hasta doce días consecutivos, siempre y cuando se cumplan las demás disposiciones mínimas de la directiva, en particular las relativas al descanso diario y a la duración máxima de trabajo semanal.
Esto sucedería si el día de descanso se concede en el primer día del primer periodo de siete días y el último día del segundo periodo de siete días.
Flexibilidad horaria
La directiva permite «cierta flexibilidad» a la hora de aplicar sus disposiciones, de manera que confiere a los Estados miembros y a los interlocutores sociales cierto «margen de maniobra» para determinar el momento en el que debe concederse ese período mínimo, según la sentencia del TUE.
En cualquier caso, el TUE considera que el hecho de imponer un periodo de descanso semanal dentro de cada periodo de siete días es conforme con el objetivo de proteger de manera eficaz la seguridad y la salud de los trabajadores y señala que la directiva europea es «una norma básica» aplicable a todos los trabajadores, a las que se añaden las normas particulares para sectores de actividad «de cierta dureza o peligrosidad».
Del mismo modo, recuerda que los países de la UE son libres de establecer disposiciones nacionales que concedan a los trabajadores una protección más extensa en lo relativo al descanso semanal.
Lo último en Economía
-
La Ley de Propiedad Horizontal confirma multas de hasta 3.000 euros por poner la lavadora en el balcón o la terraza y el artículo 7.2 lo avala
-
El BCE impulsa su mayor giro desde 2008 y advierte a los inversores: «No diremos qué vamos a hacer»
-
Nadal denuncia que Sánchez «usa el decreto anticrisis para subir impuestos a todos los españoles»
-
Los embargos a España en EEUU por los impagos a las renovables suben a 750 millones tras una nueva sentencia
-
El Gobierno da 38,4 millones a un socio de Aldama en el ‘caso Koldo’ para gestionar miles de viviendas públicas
Últimas noticias
-
Katy Perry, Mon Laferte y Kany García: todos los conciertos del Orgullo LGTBI de Madrid 2026
-
Los españoles se enfrentan la próxima semana al día más caluroso con comunidades que alcanzarán los 40 °C o más
-
Estos son los partidos de dieciseisavos de hoy miércoles 1 de julio en el Mundial 2026: quién juega, horarios y dónde verlos por TV en directo
-
¿Cómo refrescar el suelo de tu casa en los días calurosos? Trucos sencillos para quienes no tienen aire acondicionado
-
Cómo Lady Marina Windsor rindió homenaje a su difunta abuela, la duquesa de Kent, con una tiara nupcial que no se veía desde hace casi 30 años