La justicia europea pide reexaminar la petición de Inditex para registrar Zara como un marca de comida
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha anulado este martes la decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO) de rechazar el registro de la marca española ZARA para productos del sector de la alimentación por riesgo a que se confundiera con otra italiana, por lo que la agencia europea tendrá que reexaminar la solicitud del grupo Inditex.
La Justicia europea ha concluido que la EUIPO no cumplió con la obligación de motivación exigida por la legislación de la Unión Europea para sus decisiones, por lo que deberá adoptar una nueva resolución.
En concreto, el Tribunal General europeo anula las decisiones de la EUIPO y le pide que examine de nuevo la solicitud, porque cree que su primer análisis y conclusión son «equívocos e imprecisos» y no permiten examinar la legalidad de su resolución. Tampoco da por buena la motivación para sostener que quedó satisfecha la prueba de uso solicitada.
Riesgo de confusión
El caso se remonta a 2010, cuando el grupo de Amancio Ortega pidió que ZARA fuera registrada como marca europea para alimentación, restauración y venta de productos alimentarios, algo a lo que se opuso la empresa italiana Ffauf Italia SpA, al considerar que existía riesgo de confusión para los consumidores con sus marcas ‘Le delizie Zara’ y otra figurativa con la palabra Zara en su diseño.
La EUIPO dio la razón a la firma italiana que comercializaba pasta fresca, seca y congelada, entre otros productos, bajo esas marcas, pero en 2013 Inditex reclamó que presentara pruebas del uso efectivo de las marcas italianas entre 2005 y 2010.
La empresa italiana respondió a la petición y la oficina europea concluyó que debía considerarse satisfecha la prueba, algo que también recurrió el grupo Inditex.
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