La Justicia europea abre la puerta a la devolución de las multas ante la ilegalidad del «modelo 720»
Golpe de la Justicia de la UE a Hacienda: declara ilegal el modelo 720 sobre bienes en el extranjero
La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de considerar este jueves ilegal el sistema de sanciones que aplica Hacienda a los contribuyentes que no declaran correctamente y a tiempo sus bienes y activos en el extranjero -siempre que su valor supere los 50.000 euros- a través de la presentación del «modelo 720» traerá cola. Al calificar la medida como «desproporcionada», la Justicia europea abre la puerta a la devolución de las multas impuestas por esta circunstancia al contravenir el Derecho de la UE.
La Agencia Tributaria impuso esta obligación fiscal por la que estas personas físicas y jurídicas debían hacer una declaración informativa todos los años sobre sus propiedades fuera de España, asignado unos «efectos colaterales terribles», comentó José Emilio Gil, abogado del despacho GBA Label, ya que si no se presentaba el documento, el régimen sancionador era especialmente draconiano, tanto a nivel económico como fiscal, puesto que no había prescripción de los impuestos.
«Esta situación ha dado lugar a multitud de sanciones. Han inspeccionado a mucha gente en estos últimos años y las multas han sido muy elevadas», constató este abogado.
Gil habló de «varapalo» para Hacienda con este fallo, mientras que el presidente del Registro de Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas (CGE), Agustín Fernández, planteó este jueves la posibililidad de reclamar responsabilidad al Estado en un encuentro para debatir sobre la fiscalidad ambiental.
Para Jose Luis López Hermida, director del área de Cliente Privado y Family Office de KPMG Abogados, «supone en la práctica una enmienda a la totalidad sobre el régimen sancionador». Asimismo, indicó que se trata de una resolución «muy relevante» pues considera contrario a la libre circulación de capitales este marco aprobado por España en 2012.
Fernández señaló que tras la sentencia habrá que «revisar» los expedientes abiertos, por ejemplo para reclamar la devolución de ingresos indebidos cuando se ha declarado de forma voluntaria. En el caso de recursos ya cerrados, podría darse la posibilidad de «ver si se podría abrir la vía, siempre complicada, de la existencia de responsabilidad patrimonial del Estado», agregó.
López Hermida aseguró que, en relación a los efectos de la sentencia, si bien la anulación del régimen sancionador no implica la derogación de la obligación de presentar el «modelo 720», cuyo plazo para el ejercicio 2021 vence el próximo 31 de marzo, «el fallo puede suponer un incentivo al cumplimiento espontáneo y la regularización de patrimonios en el extranjero». No obstante, consideró que deberán «analizarse en profundidad en cada caso las implicaciones sobre las sanciones ya abonadas».
Aparentemente, se cierra así un capítulo que desde el principio provocó descontento y demandas por parte del contribuyente. Muchos asesores fiscales han vertido duras críticas sobre esta legislación que ha seguido aplicando el Gobierno de Pedro Sánchez, al tildarla de abusiva.
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