El INSS le da con 58 años la incapacidad permanente total: llevaba 6 años con problemas lumbares
Un vigilante ha logrado que el Juzgado de lo Social de Palencia le reconozca la incapacidad permanente total
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Un vigilante de seguridad de Palencia ha logrado que la justicia le reconozca una incapacidad permanente total a los 58 años, después de más de seis años de lucha contra el dolor y la burocracia. Su historia representa muy bien lo que le ha ocurrido a otros trabajadores de nuestro país, cuando su salud les impide seguir con su actividad habitual y, pese a ello, las administraciones no les reconocen el derecho a poder cobrar una prestación por incapacidad.
Este caso en concreto comenzó en 2017 con una baja por problemas lumbares. Desde entonces, la situación de este trabajador fue cada vez a peor. Primero pasó por dos procesos largos de incapacidad temporal acumulando informes médicos contundente y con limitaciones claras para su trabajo, pero aún así, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) consideró que no tenía suficientes lesiones como para acceder a una pensión por incapacidad. Lo intentó por la vía administrativa y tampoco. Finalmente, tuvo que recurrir a los tribunales. Y ahí sí: el juzgado le dio la razón.
Es un caso más de los muchos que terminan en juicio por la vía laboral, después de que el INSS rechace solicitudes que, médicamente, parecen más que justificadas. El reconocimiento de esta pensión, aunque tardío, supone un alivio para este trabajador, que había iniciado su primera baja con 52 años y que ha tenido que esperar seis años para ver reconocida su situación.
El INSS le da con 58 años la incapacidad permanente total
El punto de partida de este trabajador que trabajaba como vigilante de seguridad, fue una baja médica con fecha del 4 de diciembre de 2017. La causa: una patología lumbar que ya entonces comenzaba a interferir en su día a día. El alta le llegó casi dos años después, en noviembre de 2019, y sin ningún tipo de reconocimiento de incapacidad. Volvió a trabajar, sí, pero las molestias persistieron. Y no pasó mucho tiempo hasta que la situación volvió a complicarse.
En noviembre de 2020, una nueva recaída le obligó a iniciar otra incapacidad temporal. Esta vez estuvo de baja hasta abril de 2022. Más de un año y medio arrastrando dolores, limitaciones y con un diagnóstico que no dejaba lugar a muchas dudas: artrodesis lumbar, discopatías, y dificultad para hacer tareas físicas básicas como girar el tronco o mantener posturas prolongadas.
Con este historial acumulado, en mayo de 2022 decidió comenzar con el procedimiento para solicitar una incapacidad permanente. Pero a pesar de los informes médicos, la respuesta del INSS fue negativa. No era suficiente o no lo vieron claro, de modo que este trabajador tenía que volver de nuevo al punto de partida. O de hecho, a trabajar, pero más cansado, más limitado físicamente, y con menos opciones laborales reales.
El INSS le negó la incapacidad ni con informe médico favorable
La clave del caso está en el informe médico emitido por el evaluador del INSS en octubre de 2022. En ese documento se detallaban todas las patologías y las limitaciones que arrastraba el trabajador, incluyendo los efectos de la artrodesis, el dolor crónico y la dificultad para realizar movimientos básicos. Aun así, la Dirección Provincial del INSS en Palencia decidió denegar su solicitud.
El trabajador, lejos de rendirse, presentó una reclamación previa, como marca el procedimiento. Pero en enero de 2023 volvió a recibir una negativa por parte del INSS. La administración insistía en que las lesiones no eran suficientes como para impedirle ejercer su profesión habitual. Y eso que hablamos de ser vigilante, un trabajo en ocasiones bastante físico, pero que tiene además turnos largos, donde es necesario estar de pie constantemente.
Fue entonces cuando decidió acudir a los tribunales. Con la ayuda legal del equipo de Fidelitis, expertos en incapacidad laboral, presentó una demanda en febrero de 2023 solicitando el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta, o, al menos, una total.
El juzgado le dio la razón: incapacidad permanente total reconocida
La sentencia llegó en diciembre de 2023. Tras analizar el caso, la magistrada concluyó que, efectivamente, el vigilante de seguridad ya no podía seguir desempeñando su trabajo habitual. No por falta de voluntad, sino por limitaciones físicas reales, constatadas médicamente, y derivadas de una enfermedad común. Por eso, el fallo fue claro: incapacidad permanente total reconocida.
Esto le da derecho a percibir una pensión mensual equivalente al 55 % de su base reguladora, que en su caso asciende a 1.592,24 euros. Además, el INSS deberá abonarle los pagos atrasados desde la fecha en la que se consideró que ya no podía seguir trabajando.
Se trata de una resolución que llega tarde, pero que al menos repara una injusticia. Porque este trabajador llevaba años enfrentándose no sólo al dolor físico, sino también a un sistema que muchas veces no responde a la primera o de hecho, da la negativa sin opción a nada. Hay que insistir, presentar documentos, pasar por evaluaciones, esperar resoluciones y en muchos casos, como este, acudir a un juzgado.
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