El ICO multiplicó por 24 las indemnizaciones de cuatro directivos adelantando su despido unos días
El Instituto de Crédito Oficial (ICO) pagó a inicios de 2012 indemnizaciones por despido a cuatro directores generales (nombrados por el anterior Gobierno de Rodríguez Zapatero), cuyo salario mensual era de casi 7.500 euros mensuales cada uno de ellos, por un total de casi 200.000 euros. La cuantía podría haber sido de unos 8.000 euros (una veinticuatroava parte) si los ceses se hubieran producido días después, al entrar en vigor una reforma legislativa que modificaba la norma sobre estos pagos, y se les hubiera avisado con una antelación de quince días.
El 12 de febrero de 2012 entró en vigor el Real Decreto de medidas urgentes para la reforma laboral, que en su disposición adicional octava establece que en los contratos de alta dirección del sector público la indemnización por despido no será “superior a siete días por año de servicio” hasta un máximo de seis meses. Otra novedad que incluye esa misma norma es que si el directivo despedido es funcionario o trabaja para una entidad del sector público, no recibirá indemnización alguna.
Dado ese cambio legislativo, el Tribunal de Cuentas señala en su informe sobre las indemnizaciones y retribuciones de los directivos del sector público que dos de los directores generales cesados no hubieran tenido derecho a indemnización más allá de la correspondiente a la falta de preaviso, puesto que ambos trabajan en el ICO. Los otros dos hubieran cobrado mucho menos, al pasar de 45 a 7 días por año trabajado.
En el caso de los directivos que se reintegraron como trabajadores al ICO, las indemnizaciones que el organismo podría haberse ahorrado fueron de 40.545 y 11.241 euros. En los otros dos, el adelanto del despido supuso pasar de pagar 3.789 y 4.166,55 euros a 24.358 y 26.758 euros respectivamente.
El informe recuerda además que, al adelantar el cese unos días antes de la entrada en vigor de la reforma, hubo que pagarles el equivalente a tres sueldos mensuales por falta de preaviso. Si se les hubiera despedido a partir del 12 de febrero el pago hubiera sido del salario de quince días, la sexta parte.
Esto supuso incrementar la indemnización de 3.737 euros por cada uno de ellos (14.948 euros en total) a 22.422 euros por persona (89.688 en total) por la falta de preaviso. Si se les hubiera avisado además cumpliendo los plazos, no habría que haber pagado nada por este concepto.