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Hacienda va a multar con 20.000 a los que no presenten este documento antes de que acabe marzo

El final del mes de marzo es el tope para presentar el modelo para declarar los bienes o cuentas que tengamos en el extranjero

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Cada comienzo de año siempre se piensa en Hacienda y como no, en hacer la declaración de la Renta que todos debemos hacer cuando llega el mes de abril, pero al margen de esto, también hay otros modelos o tributos que no podemos pasar por alto. Y entre todos ellos hay uno que pasa de puntillas, pero que puede meterte en un buen lío si te corresponde hacerlo y lo olvidas. Hacienda no sólo mira lo que tienes en España, también lo que guardas fuera. Y cuando un residente en nuestro país tiene dinero, inversiones o propiedades en el extranjero, la Agencia Tributaria quiere tener esa declaración cada año, así que debemos estar atentos y presentar a Hacienda el documento antes de que acabe marzo si queremos evitar multas elevadas.

Parece una gestión menor, algo que no tiene demasiada complicación, pero es justo al revés: si no se hace dentro del plazo, las sanciones pueden ser bastante serias. Por eso, cada año vuelve el mismo aviso. No importa si tienes sólo  una cuenta abierta en otro país o si es algo más complejo. Si entras en uno de los supuestos, toca cumplir. Ese documento que debes presentar a Hacienda antes de que acabe marzo, es el modelo 720, una declaración puramente informativa. No implica pagar, pero sí contar a Hacienda qué bienes tienes fuera de España. Y el calendario ya está marcado dado que el plazo termina el 31 de marzo de 2025 así que quien llegue tarde se arriesga a multas que pueden alcanzar incluso los 20.000 euros.

Hacienda va a multar con 20.000 a los que no presenten este documento antes de que acabe marzo

La norma es bastante clara: si tienes domicilio fiscal en España y posees determinados bienes fuera del país, te corresponde presentar el modelo. No es algo opcional ni una recomendación. Es una obligación legal. Y abarca más cosas de las que muchos imaginan: cuentas bancarias, valores, derechos, seguros, rentas y también inmuebles o derechos sobre inmuebles situados en el extranjero.

Para entenderlo mejor, Hacienda divide toda esta información en tres grupos:

Aun así, no todo el mundo tiene que declararlo. El límite está en los 50.000 euros por bloque. Si el total de uno de ellos no llega a esa cifra, en principio no hay obligación. Ahora bien, y aquí viene el detalle que muchos pasan por alto: si ya lo presentaste un año anterior, debes actualizarlo cuando haya cambios significativos. Y si el valor sube más de 20.000 euros respecto al ejercicio previo, aunque no alcances los 50.000, también toca presentarlo.

Cómo se presenta y por qué conviene no dejarlo para el final

El modelo 720 sólo se puede presentar por internet, en la sede de la Agencia Tributaria. Ya hace tiempo que no se encuentra la  versión en papel y el trámite tampoco se puede hacer de forma presencial. De este modo es más rápido, pero debes tener en cuenta que se necesita identificación digital y tener toda la información clara, algo que suele llevar tiempo si manejas productos financieros en otros países.

Aunque el plazo es amplio, desde enero hasta final de marzo, dejarlo para los últimos días no es buena idea. Ya hemos sobrepasado mediados de febrero, el mes que es además más corto, así que Marzo está a la vuelta de la esquina y cualquier error, cualquier dato mal introducido o una simple duda que te haga detener el proceso puede terminar llegando fuera de plazo. Hacienda no suele tener mucha flexibilidad con esto.

Cuáles son las sanciones que nos pueden poner

Aquí es donde muchos contribuyentes se sorprenden. Aunque el modelo 720 no genera pagos, su incumplimiento sí puede costar dinero. Y no poco precisamente. La Ley General Tributaria establece sanciones que van desde los 100 hasta los 20.000 euros y que se aplican cuando: 

La franja es amplia porque depende del número de incumplimientos, de si hay reiteración o de si se detecta que la información debía haberse presentado.

También hay multas de entre 150 euros y el 2 % de lo no declarado y que se aplican cuando:

En este caso, la sanción puede calcularse como un porcentaje del valor omitido. Todo esto demuestra que no es una declaración simbólica. Es una herramienta que Hacienda utiliza para controlar la situación patrimonial exterior de quienes residen fiscalmente en España, y por eso la normativa sancionadora es estricta.

Un trámite que muchos olvidan y que conviene revisar ya

Puede parecer un trámite alejado de la mayoría, pero cada vez más contribuyentes tienen productos fuera de España: cuentas abiertas al vivir un tiempo en otro país, inversiones internacionales, seguros contratados en el extranjero o propiedades heredadas. Y cuando esto ocurre, la obligación de informar se mantiene año tras año. De este modo, quien tenga bienes en el extranjero y esté dentro de los supuestos, debe presentar el modelo 720 antes del 31 de marzo. No hacerlo implica asumir riesgos innecesarios. Revisar la situación con calma ahora puede evitar problemas dentro de unas semanas.