Giro de última hora en la renta: Hacienda publica el calendario oficial y hay un cambio que nadie esperaba
Hacienda ha publicado el calendario oficial de la renta 2026
La Agencia Tributaria ha publicado el calendario oficial de la campaña de la renta 2026, que comienza el miércoles 8 de abril. Hasta el próximo 30 de junio, los contribuyentes españoles que cumplan con los requisitos de ingresos tendrán la obligación de completar el ejercicio del IRPF, ya sea a través de internet, vía telefónica o en cualquier oficina de la Agencia Tributaria. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el calendario de la campaña de la renta para 2026.
La campaña de la renta 2026 ya se vislumbra en el horizonte. A partir del 8 de abril, los contribuyentes españoles que cumplan con los requisitos tendrán la opción de presentar los ingresos del año 2025 a través de internet. A partir del próximo 6 de mayo se habilitará la vía para hacer el ejercicio del IRPF vía telefónica y, en el último mes de junio, cualquier contribuyente que tenga cita previa podrá hacer la declaración en una oficina de la Agencia Tributaria.
Tendrán la obligación de presentar la declaración de la renta en 2026 los trabajadores que pasen de los 22.000 euros anuales, y este límite se reducirá a 15.786 euros anuales para los contribuyentes que tengan varios pagadores y el segundo de ellos supere los 1.500 euros. Los trabajadores autónomos tendrán la obligación de hacer el ejercicio del IRPF independientemente de los ingresos del pasado año. También tendrán que hacer lo propio los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Finalmente, y después de otro giro de guion del Gobierno, los desempleados no tendrán la obligación de presentar la declaración de la renta.
Así es el calendario de la renta 2026
La Agencia Tributaria ha publicado el calendario oficial de la campaña de la renta 2026 a través de su página web. Las fechas son las siguientes:
- Del 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2025.
- Del 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2026: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2025 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 29 de junio).
- Del 1 de junio hasta el 30 de junio de 2026: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2025 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio).
Entre estas fechas, los contribuyentes que cumplan con los requisitos de ingresos tendrán la obligación de presentar la declaración de la renta. En caso de que el ejercicio del IRPF salga ‘a pagar’, tendrán la opción de fraccionar el pago, siendo el primer abono tras confirmar el borrador y el segundo antes del 5 de noviembre. Si el resultado es ‘a devolver’, desde Hacienda tendrán de plazo hasta el 31 de diciembre para proceder a la devolución de las cantidades pendientes, bajo riesgo de tener que ingresar estas cantidades con un interés del 4%.
En la campaña de la renta 2026, los contribuyentes españoles podrán acogerse a un buen número de deducciones estatales y autonómicas para ahorrar en impuestos. Por ejemplo, en el último mes han sido prorrogadas las ayudas para los contribuyentes que realicen obras en casa que mejoren la eficiencia energética o los que compren vehículos eléctricos.
Las diferentes comunidades autónomas también han aprobado deducciones en materia de vivienda por la compra o alquiler. Los contribuyentes también se pueden ahorrar impuestos por el cuidado de mayores, por maternidad, gastos de guardería o por realizar inversiones o donativos. En determinadas zonas de España, los ciudadanos también se podrán acoger a deducciones por libros de texto, el dentista o por la cuota del gimnasio.
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