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Hacienda se equivoca y el contribuyente paga: sus tribunales corrigen 4 de cada 10 reclamaciones

Los órganos económico-administrativos estimaron total o parcialmente 91.769 recursos en 2024 y en el IRPF dieron la razón al contribuyente en más de la mitad de los casos

  • Jose de la Morena
  • Jose de la Morena, periodista especializado en economía desde hace más de 15 años, desarrolla su labor en el campo de la comunicación desde el prisma de las tendencias, los números y resultados de las distintas compañías. Una tarea que le ha llevado a conocer a fondo el mundo empresarial. Ha trabajado también en comunicación corporativa y como asesor para distintas marcas internacionales e institucionales.

Hacienda se equivoca, pero el contribuyente paga. Los propios tribunales económicos y administrativos, dependientes del Ministerio de Hacienda, corrigieron total o parcialmente cuatro de cada diez reclamaciones resueltas durante 2024, una estadística que revela la elevada litigiosidad del sistema tributario español y la frecuencia con la que los contribuyentes consiguen desmontar las actuaciones de la Administración cuando deciden recurrirlas.

Los datos oficiales son contundentes. Los Tribunales Económico-Administrativos (TEA) resolvieron durante 2024 un total de 222.737 reclamaciones. De ellas, 91.769 fueron estimadas total o parcialmente, frente a 110.350 desestimadas y otras 20.618 que terminaron por otras causas.

Es decir, Hacienda tuvo que corregir su actuación en el 41,2% de todas las reclamaciones resueltas.

La cifra resulta especialmente llamativa porque no se trata todavía de contribuyentes que hayan acudido a un juez para enfrentarse a Hacienda. Los tribunales económico-administrativos forman parte de la propia Administración y están integrados orgánicamente en el Ministerio de Hacienda, aunque actúan con independencia funcional a la hora de resolver.

Son, por tanto, los propios órganos administrativos de revisión los que dan total o parcialmente la razón al contribuyente en más de 91.000 ocasiones en un solo ejercicio.

El problema es que estas estadísticas sólo reflejan a quienes deciden recurrir. Quedan fuera todos aquellos particulares, autónomos y empresas que reciben una liquidación, sanción, recargo u otra actuación tributaria y terminan aceptándola sin presentar una reclamación.

Y ése es precisamente uno de los grandes agujeros que dejan las estadísticas oficiales: Hacienda publica cuántas reclamaciones recibe y cuántas pierde, pero no permite saber cuánto dinero podrían haber recuperado los contribuyentes que renuncian a reclamar porque consideran que el coste, el tiempo o la incertidumbre del procedimiento no compensan la cantidad discutida. Tampoco ofrece el coste de lo que sí se ha reclamado.

Las reclamaciones de IRPF

La estadística resulta todavía más significativa cuando se analizan los impuestos que afectan directamente a los particulares. Durante 2024 se resolvieron 63.911 reclamaciones relacionadas con el IRPF. Hacienda tuvo que estimar total o parcialmente 32.830.

Esto supone un 51,4%.

Dicho de otra manera: más de la mitad de las reclamaciones de IRPF que llegaron a esos tribunales económico-administrativos terminaron con una resolución que daba total o parcialmente la razón al contribuyente.

Las cifras son todavía superiores en algunos tributos. En Sucesiones y Donaciones se estimaron 4.737 reclamaciones de las 7.447 resueltas, un 63,6%. En Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados fueron 9.900 de 16.108, un 61,5%.

También existen miles de rectificaciones en impuestos directamente vinculados con la actividad empresarial. En IVA se estimaron 8.488 reclamaciones de las 20.674 resueltas, mientras que en Sociedades fueron 3.415 de 8.935.

El porcentaje global no permite afirmar que Hacienda se equivoque en cuatro de cada diez actuaciones que realiza. Los contribuyentes que recurren constituyen una muestra seleccionada: precisamente quienes consideran que existen razones para combatir la decisión administrativa son los que tienen mayores incentivos para reclamar.

Pero la estadística sí permite concluir algo mucho más concreto: cuando los contribuyentes recurren a una actuación tributaria, en cuatro de cada diez reclamaciones los propios órganos de revisión de Hacienda consideran que debe ser corregida total o parcialmente.

El coste de plantar cara a Hacienda

El dato adquiere especial relevancia después de conocerse que Hacienda afronta devoluciones multimillonarias derivadas de decisiones tributarias posteriormente corregidas por los tribunales.

Las cuentas públicas muestran la dimensión que pueden alcanzar estos errores o cambios de criterio. Sólo en 2025 se contabilizaron 1.250 millones de euros derivados de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el tratamiento fiscal del fondo de comercio en adquisiciones de empresas extranjeras.

A ellos se sumaron otros 1.057 millones relacionados con la declaración de inconstitucionalidad de determinadas limitaciones a la compensación de bases imponibles negativas introducidas en el Impuesto sobre Sociedades.

Y el ejercicio anterior había dejado otra factura gigantesca: 4.053 millones de euros por devoluciones derivadas de las sentencias del Tribunal Supremo sobre las aportaciones realizadas a antiguas mutualidades laborales, que afectaron principalmente al IRPF de pensionistas.

Para un particular, un autónomo o una pequeña empresa, la situación es diferente. Aunque la reclamación económico-administrativa no exige abogado ni procurador, combatir una actuación tributaria puede implicar asesoramiento profesional, recopilación de documentación, recursos sucesivos y largos tiempos de espera.

La consecuencia es una importante asimetría: Hacienda puede reclamar primero y es el contribuyente quien debe movilizarse después para conseguir que rectifique. Y las propias cifras oficiales muestran que hacerlo está lejos de ser inútil.