`
Economía
PENSIONES

El Gobierno lo hace oficial: van a quitar el IMV a estas personas y ya está confirmado

El Gobierno puede proceder a la extinción del IMV a las personas que dejen de cumplir con los requisitos económicos

El Ingreso Mínimo Vital puede ser un arma de doble filo para las personas que superan un determinado nivel de ingresos y siguen recibiendo esta ayuda del Gobierno. En las próximas semanas se revisarán los ingresos correspondientes a 2025 y una demora por parte de la Administración puede provocar que algunos ciudadanos pierdan el derecho a recibir el IMV y, lo que es peor… a devolver las cantidades indebidas correspondientes a los primeros meses de 2026. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre los casos en los que el Gobierno puede proceder a la extinción del IMV.

El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que carecen de los recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas. El IMV fue impuesto por el Gobierno durante los días más duros de la pandemia y a golpe de Real Decreto se ha ido renovando hasta llegar el pasado noviembre a más de dos millones de familias. Todo con el objetivo de lograr una protección para los menores que crecen en familias más desfavorecidas.

Según informó el Gobierno hace unas semanas, el IMV llegó el mes de noviembre a 785.722 hogares en los que viven 2.400.567 personas. De todas ellas, 980.194 (el 40,8%) son niños, niñas y adolescentes menores de edad. En la actualidad hay 120.214 prestaciones activas más que en el mismo mes de 2024 y que la cuantía media de la prestación es de 485 euros al mes. Para poder acceder al IMV a día de hoy en España, hay que cumplir con dos requisitos únicos e indispensables:

El Gobierno y la decisión con el IMV

Acreditar estar en situación de vulnerabilidad económica y de exclusión social es la principal premisa para la que nació una ayuda destinada a parar la pobreza que amenaza a 12 millones de españoles, según informó Eurostat en su día. Por ello, para «determinar la situación de vulnerabilidad económica, se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros».

«Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia», informa la Seguridad Social en su página web. Por ejemplo, en 2023 este límite estaba fijado en 20.353,62 para una unidad de convivencia formada por un adulto solo. Con un adulto y un menor ascendería a 28.495,07 euros.

Así que, de cara a la declaración de ingresos de 2025, las personas que hayan mantenido los mismos tributos no tienen por qué preocuparse, ya que se seguirá recibiendo el IMV. Los que hayan superado sus ingresos sin pasar del límite no perderán el derecho a la ayuda, pero sí que verán cómo la cuantía disminuye. Por su parte, los que superen los límites establecidos por la Seguridad Social perderán el derecho a la prestación.

Esto puede suponer un problema para muchos beneficiarios del IMV, ya que en algunos casos la Seguridad Social incluso obliga a devolver la ayuda que consideran que se ha cobrado de forma «indebida». ¿El motivo? Mientras se comprueban estos ingresos, el beneficiario sigue cobrando la prestación y, una vez se confirma la nueva declaración, tienen que proceder a la devolución ante el riesgo de multa.

Esto ocurrió durante los primeros años de vida del IMV, cuando se llegó a entregar sin verificar la situación económica de los ciudadanos o, en caso de comprobarlos, hacerlo con meses de retraso. El Defensor del Pueblo cifró el problema en 500 millones de euros a devolver por cantidades presuntamente indebidas, lo que representa el 4,7% del total pagado a los beneficiarios hasta julio de 2024. «La deuda generada se acrecienta en buena parte por la lentitud de la Administración a la hora de resolver y tramitar el procedimiento de reintegro», dijo en su día.

El Gobierno y la extinción del IMV

Además de superar el límite de ingresos, hay otros casos en los que el Gobierno puede proceder a la extinción del IMV. Son los siguientes: