Este es el plazo que tarda la Seguridad Social en darte el Ingreso Mínimo Vital
La AIReF: «El Ingreso Mínimo Vital llega sólo a un tercio de los potenciales beneficiarios»
Aviso de Hacienda para aquellos que cobran el Ingreso Mínimo Vital y tengan que hacer la declaración
La pregunta más repetida: ¿habrá paga extra con el Ingreso Mínimo Vital?
El Ingreso Mínimo Vital es una de las ayudas que cuenta con más receptores en España, con 1,9 millones de beneficiarios y muchos más que se estima que podrían solicitarla pero todavía no lo han hecho. Te contamos cuánto tarda el Ingreso Mínimo Vital en gestionarse para que sepas el tiempo que vas a tardar en cobrar esta ayuda si te la conceden… ¡toma nota!.
¿Cuánto tarda el Ingreso Mínimo Vital?
Después de 3 años desde que se creó, el Ingreso Mínimo Vital sigue ayudando cada mes a numerosas familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica, un impulso a sus finanzas que siempre vienen bien, muy especialmente cuando hay menores en el hogar. Debido a esta situación en quienes la solicitan, la normativa obliga a la Seguridad Social a no tardar demasiado tiempo en emitir una resolución sobre su concesión, tanto para los casos en los que se conceden como en los que se deniega, por el motivo que sea.
La Seguridad Social informa en su página web de que «el plazo máximo para resolver la solicitud es de 6 meses desde la fecha de presentación», por lo tanto, un máximo de medio año para saber si vas a recibir esta renta garantizada o no. Eso sí, es importante dejar claro que, si finalmente se concede, el beneficiario recibirá las cantidades pendientes «a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud». Si han pasado 6 meses y no se ha recibido comunicación de ningún tipo con respecto al Ingreso Mínimo Vital, lamentablemente significará que se ha denegado la ayuda.
¿Cuánto se cobra con el Ingreso Mínimo Vital?
Las cuantías que se perciben del Ingreso Mínimo Vital en 2023 dependen de cómo esté compuesta la unidad de convivencia y de los ingresos del solicitante, siendo realmente «la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos». Estas son las cuantías según la composición de la unidad de convivencia:
- Unidades de convivencia de un adulto: 565,28 euros mensuales.
- Unidades de convivencia de un adulto y un menor: 859,33 euros mensuales.
- Unidades de convivencia de un adulto y dos menores: 1.028,87 euros mensuales.
- Unidades de convivencia de un adulto y tres o más menores: 1.198,56 euros mensuales.
- Unidades de convivencia de dos adultos: 734,97 euros mensuales.
- Unidades de convivencia de dos adultos y un menor: 904,51 euros mensuales.
- Unidades de convivencia de dos adultos y dos menores: 1.074,20 euros mensuales.
- Unidades de convivencia de dos adultos y tres o más menores: 1.243,74 euros mensuales.
- Unidades de convivencia de tres adultos: 904,51 euros mensuales.
- Unidades de convivencia de tres adultos y un menor: 1.074,20 euros mensuales.
- Unidades de convivencia de tres adultos y dos o más menores: 1.243,74 euros mensuales.
- Unidades de convivencia de cuatro adultos: 1.074,20 euros mensuales.
- Unidades de convivencia de cuatro adultos y un menor: 1.243,74 euros mensuales.
- Resto de unidades de convivencia: 1.243,74 euros mensuales.
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