Las empresas podrán acceder al correo de sus trabajadores si les avisan previamente

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Estrasburgo avala que las empresas espíen el correo de sus empleados siempre que exista un aviso previo

Cuidado con los correos electrónicos que tienes en el buzón porque a partir de ahora, tus superiores podrán acceder a ellos. Y no solo podrán espiar los e-mails que intercambies, también las aplicaciones de mensajería que utilices en horario laboral, como Whatsapp, Facebook, Telegram o Twitter. Eso sí: primero tienen que avisarte. Así lo ha dictaminado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, también conocido como Tribunal de Estrasburgo, que ha sentenciado que las compañías podrán espiar el correo electrónico de sus trabajadores y otras aplicaciones de mensajería en horario laboral, con la condición previa de que éstos tengan constancia previa de ello.

La institución lo ha establecido tras amparar a un ciudadano de Rumanía, Bogdan Barculescu, que denunció que la empresa de la que fue despedido por usar la mensajería del trabajo para enviar correos personales había violado sus derechos protegidos por el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos.

De esta forma, frente a la decisión de la Justicia rumana, que se posicionó a favor de la empresa, el Tribunal de Estrasburgo ha llegado a la conclusión de que no se determinó claramente si Barbulescu había recibido previamente el aviso de que sus comunicaciones podrían ser controladas por parte del empresario.

Violación del artículo 8

Como consecuencia, el fallo, que ha sido publicado este martes, concluye por 11 votos a favor y 6 en contra, que las autoridades rumanas «no han alcanzado un justo equilibrio entre los intereses en juego y no se ha protegido correctamente el derecho del demandante por parte de las autoridades nacionales», de forma que el artículo 8 de la convención ha sido violado.

Por último, por 6 votos a favor y 1 en contra, Estrasburgo dictamina que el Estado de Rumanía deberá pagar, en los próximos tres meses, un total de 1.365 euros en concepto de costes y gastos al demandante, así como el pago de cualquier otro tipo de tasas que puedan recaer sobre él

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