`
Economía
UN AVISO PARA TODOS LOS EMPLEADOS EN ESPAÑA

La Justicia lo confirma: te pueden despedir por irte a la hora en punto del trabajo

El TS advierte: dejar de trabajar minutos antes de la hora para "recoger" se considera un incumplimiento de la jornada efectiva

La ET ampara el despido si el empleado da por acabada su jornada antes de que termine su turno

La Justicia lo hace oficial: te pueden despedir por no ducharte y es «totalmente legal»

Cumplir el horario laboral a rajatabla parece el escudo perfecto ante cualquier conflicto con la empresa, pero cuidado: el reloj no lo es todo. Una reciente interpretación jurídica basada en sentencias del Tribunal Supremo ha encendido las alarmas en las oficinas y fábricas de nuestro país. La Justicia confirma que marcharse a la hora en punto puede ser motivo de despido disciplinario si el trabajador ha dejado de producir minutos antes para preparar su salida.

No se trata de cuántas horas pasas en el centro de trabajo, sino de que cada minuto de tu jornada sea tiempo de trabajo efectivo.

El peligro de «recoger» antes de tiempo

La polémica no está en el momento de cruzar la puerta, sino en lo que ocurre justo antes. Muchos empleados tienen la costumbre de apagar el ordenador, recoger sus pertenencias o abandonar su puesto cinco o diez minutos antes para estar listos en el momento exacto en que marca el reloj.

Trabajador da por terminada su jornada laboral.

Sin embargo, Justicia advierte: si esos minutos de preparación no están contemplados en el convenio colectivo como parte de la jornada, el trabajador está trabajando menos tiempo del pactado. Lo que parece un gesto inofensivo, al sumarse día tras día, se convierte en un incumplimiento grave de las obligaciones laborales que puede justificar una salida de la empresa sin derecho a indemnización.

Qué dice la ley: buena fe y diligencia

El soporte legal de esta medida se encuentra en dos pilares del Estatuto de los Trabajadores:

Para que este despido sea procedente, la empresa debe demostrar que el comportamiento es reiterado y grave. Un despiste de un día no es suficiente, pero una conducta sistemática de «apagar antes de tiempo» abre la puerta a un despido sin coste para el empresario.

¿Hay excepciones?

Justicia recuerda que el convenio colectivo es el que manda en última instancia. Existen sectores donde se reconoce un tiempo de «aseo» o «preparación» antes de salir. Si tu contrato o convenio no lo menciona explícitamente, la norma es estricta: la jornada termina cuando el reloj marca la hora, no cuando tú decides dejar de producir para estar listo en la puerta.