Economía

Cuidado si tienes una empresa familiar o unipersonal: Hacienda vigila así tus rentas particulares

  • Patricia Sanz
  • Abogado, periodista y máster tributario de Garrigues. Antes, asesora fiscal por Luxemburgo y España, ahora, redactora jefe de Economía de OKDIARIO.

La Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) incrementa la vigilancia sobre los ciudadanos que incluyen rentas personales en las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades (IS) de sus empresas familiares o sociedades unipersonales. El fisco español ha decidido perseguir a aquellas personas físicas que pretenden obtener una mejor tributación en sus rentas personales por incluir las mismas en las sociedades en las que ejercen sus actividades empresariales. Una práctica habitual ya entre muchos españoles.

El erario público está sediento de más ingresos. Tras conocerse a principios del presente mes de agosto que la recaudación cayó en junio por primera vez desde 2020, Hacienda ya no sólo se plantea pagar a chivatos al más puro estilo británico sino también recrudecer las inspecciones a las pequeñas y medianas empresas familiares o de socio único.

Menor cuota de Sociedades

En línea con lo previsto por el Plan de Control Tributario de 2023, publicado el pasado febrero, las rentas procedentes de la misma fuente -del ciudadano, como obligado tributario- reciben un tratamiento diferente en función de si se incluyen en la declaración de IS o en la de IRPF. Por ejemplo, a través de convertir rentas ordinarias en plusvalías o en participación en beneficios con el objeto de lograr una reducción del gravamen aplicable. También, a través de la inclusión en el activo fijo corriente de la compañía bienes de lujo que en verdad tienen un destino exclusivo personal del contribuyente –automóviles de alta gama, mobiliario costoso, aeronaves y embarcaciones–.

Por todo lo anterior, Hacienda desea que los ciudadanos no minoren intencionadamente su cuota de IS cuando así no corresponda, con la finalidad de quedar sujetos a tipos impositivos efectivos menores.

Cómo te va a controlar Hacienda

Es en el momento de comunicar al Registro Mercantil y a la AEAT ciertas operaciones societarias cuando Hacienda fiscaliza los bienes de los contribuyentes. Por ejemplo, cuando el empresario o empresarios liquidan su sociedad, al verificar si los bienes se registran o no como autoconsumo -al pasar, de facto, a manos de sus propietarios, ya no como empresa, sino como personas físicas-, significando en consecuencia un aumento del patrimonio personal del ciudadano. De hecho, serán de especial seguimiento cualquier reestructuración empresarial o flujos de caja, véase: la constitución, el aumento y la reducción de capital, la disolución y liquidación o la separación de los socios.

Asimismo, el fisco centrará su mirada en las declaraciones del modelo 184 -presentadas para el régimen de atribución de rentas- y sus efectos en el modelo de IRPF declarado por los comuneros o partícipes como personas físicas. También, en los gastos personales incluidos en empresa, si no debieran haber procedido como tales a efectos de ser deducibles.