Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)

El Consorcio de Seguros asumirá las indemnizaciones tras el volcán, valoradas en 400 millones

Volcan La Palma
Volcán en erupción en La Palma

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) ha confirmado a Aseguranza que un grupo de peritos ya se ha desplazado a la isla de La Palma para realizar una primera labor de reconocimiento de las zonas afectadas y de estimación de daños, aunque deben esperar todavía algunos días para acceder a las zonas más afectadas y esperar a que termine la erupción que todavía se encuentra en curso. ¿El requisito? Que el afectado esté asegurado y tuviera su seguro en vigor en el momento en que se inició la erupción volcánica.

Por tanto, el CCS asumirá directamente con sus propios medios la gestión y el pago de las solicitudes de indemnización que reciba, previa valoración de los daños indemnizables que se han producido y que continúen produciéndose con motivo de este episodio volcánico. Así indemnizará los daños a las personas aseguradas, si se produjeran.

También indemnizará los daños en los bienes asegurados, ya se trate de viviendas o comunidades de propietarios; vehículos automóviles; locales de oficina; establecimientos comerciales y de servicios y otros inmuebles de uso no industrial; industrias; y obras civiles e infraestructuras, ya fueran todos los citados bienes de titularidad privada o pública.

En el caso de los bienes citados, el CCS indemniza tanto los daños materiales producidos por la erupción y la lava y demás materiales, como los daños inmateriales que sean consecuencia de aquellos, como pueden ser la pérdida de alquileres de propietarios de inmuebles, los gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda, o la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales, de servicios o industriales, todo ello en la forma que prevea el contrato de seguro del afectado.

Solicitudes

Las solicitudes de indemnización pueden presentarse directamente por el propio asegurado afectado o, en su representación, por su aseguradora o por su mediador (agente o corredor) de seguros. Para ello bastará, alternativamente, una llamada al centro de atención telefónica del CCS (teléfono gratuito 900 222 665) para facilitar los datos identificativos del asegurado, del bien dañado y de la póliza de seguro contratada, o cumplimentar esa misma información por internet en la página web del CCS (www.consorseguros.es).

Al terminar la conversación o la cumplimentación de datos en pantalla, la solicitud queda instantáneamente registrada en el sistema informático del CCS y se facilita al afectado su número de referencia. El CCS registrará y gestionará las solicitudes de indemnización que reciba de los asegurados aunque hubiera transcurrido el plazo de 7 días previsto en la legislación de seguros desde que se produjeron los daños.

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