BBVA se arriesga a una multa millonaria y la inhabilitación de Torres si sube el precio de la OPA
El BBVA sólo tiene una opción para que la OPA sobre el Banco Sabadell tenga éxito: subir el precio, que es lo que el mercado sigue esperando. Sin embargo, esta medida puede tener un coste elevadísimo para el BBVA, en forma de multa e incluso de inhabilitación de su presidente, Carlos Torres.
Se trata de las sanciones que puede imponerle la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) por manipulación de mercado, el mismo motivo por el que ha sancionado a Grifols y está investigando la operativa de Gotham City en la biofarmacéutica catalana. Esta actividad consiste en «prácticas de engaño o artificio que alteran los precios de los valores, o la difusión de noticias falsas o señales engañosas».
Según varios expertos en derecho del mercado de valores consultados por OKDIARIO, el hecho de que Carlos Torres y su consejero delegado, Onur Genç, hayan declarado reiteradamente en público que no va a subir el precio entraría dentro de esta definición si finalmente optan por hacerlo para evitar el fracaso de la OPA. «Se habría lanzado un mensaje al mercado que a la postre resultaría falso; eso es manipulación de mercado», concluye una de estas fuentes.
«Seguro que habrá casos de accionistas que estaban esperando una mejora del precio y que se han fiado de las palabras de Torres y han vendido sus títulos del Sabadell en mercado. Si luego se encuentran con que si sube el precio de la OPA, habrán perdido dinero», ejemplifica otra para concluir que sería una clara manipulación de mercado.
En este caso, además, la CNMV calificaría la infracción como «muy grave» porque entraría en los supuestos del artículo 297.1.c) de la Ley del Mercado de Valores: «1.º la conducta produzca una alteración significativa de la cotización, 2.º el importe de los fondos utilizados o el volumen o el valor de los instrumentos financieros utilizados en la comisión de la infracción sea relevante, o 3.º el beneficio real o potencial o las pérdidas evitadas como consecuencia de la comisión de la infracción sea relevante».
Estas infracciones pueden ser sancionadas con una variedad de multas cuyo importe es difícil de determinar. Por un lado, con el «treinta por ciento del volumen de negocios anual total de la persona jurídica según las últimas cuentas disponibles», un concepto que no es evidente en la contabilidad bancaria. Por otro, en el caso de las OPA, con el «quíntuplo del beneficio bruto obtenido o de la pérdida evitada como consecuencia de los actos u omisiones en que consista la infracción», algo también muy complicado de calcular.
Pero sí hay una posible sanción que es diáfana: «El cinco por ciento de los recursos propios de la entidad infractora». Si tomamos los fondos propios publicados por el BBVA en las cuentas del segundo trimestre de 2025, de 75.724 millones de euros, esta multa alcanzaría los 3.790 millones. Un agujero en toda regla para las cuentas del banco, que logró un beneficio de 5.447 millones en el primer trimestre. Máxime cuando es una cantidad «tirada a la basura» por el BBVA para pagar una multa.
Posible inhabilitación
La Ley del Mercado de Valores incluye también como sanción por infracciones muy graves la inhabilitación de los administradores de las entidades infractoras, si bien los expertos consultados explican que «esta sanción está pensada más bien para las empresas de servicios de inversión que supervisa la CNMV, no para los bancos que son supervisados por el Banco de España y el BCE».
Ahora bien, como es sabido, el BCE tiene que aprobar la «honorabilidad» (fit and proper) de los presidentes y consejeros de los bancos. Y «sería casi imposible que el supervisor conceda el fit and proper a unos gestores que han sufrido una sanción por manipulación de mercado», según otro de los expertos. Y si le retira la honorabilidad, Torres tendría que abandonar la presidencia.
Como es sabido, esta honorabilidad también se pierde por estar imputado por un delito en una causa penal, algo que Torres ha esquivado en el caso Villarejo. Por último, la manipulación de mercado también está tipificada como delito en el código penal y conlleva posibles penas de prisión. Se abriría un sumario si la CNMV da traslado de las actuaciones a la Fiscalía.
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