Nuevo aviso a los nacidos entre 1960 y 1970: la edad a la que podrás jubilarte
La edad a la que podrá jubilarte con el cambio que ha llegado en 2025
El año 2025 ha llegado con la revalorización de más de 12 millones de pensiones y también con nuevas condiciones para acceder a la jubilación ordinaria recibiendo el 100% de la prestación. Desde el 1 de enero, aumenta la cotización exigida si quieres jubilarte en España a la edad de 65 años. Esto es todo lo que debes saber sobre las nuevas condiciones para poder retirarte recibiendo el 100% de la pensión.
Si quieres jubilarte en los próximos meses a la edad de 65 años cobrando la pensión íntegra, tienes que saber que en 2025 será algo más complicado. Esto se debe al aumento de las condiciones de cotización especificado en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, que en su día fue aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.
Esta norma endureció las condiciones de forma progresiva año a año para acceder a la jubilación con el objetivo de poder retrasar la retirada de los españoles y dar un respiro a la maltrecha hucha de las pensiones. De esta manera, lo acordado en su día para 2025 es que una persona, para acceder a la jubilación ordinaria a los 65 años con el 100% de la pensión, certifique tener 38 años y tres meses cotizados en la vida laboral.
Aumentan las condiciones para la jubilación
En caso de no cumplir con los 38 años y tres meses cotizados, el beneficiario tendrá que esperar hasta los 66 años y ocho meses si quiere retirarse con la pensión íntegra. También hay otras fórmulas establecidas para adelantar la jubilación, pero tendrán que cumplir con ciertas penalizaciones que pueden reducir la pensión que cobres de por vida.
Estos requisitos de cotización reclamados para poder jubilarte aumentarán de cara a 2026, en el que una persona que no tenga los 38 años y tres meses cotizados tendrá que esperar hasta los 66 años y 10 meses para jubilarse con la pensión íntegra. El último año que en su día se especificó en la norma es 2027, en el que se llega a los 67 años para las personas que no hayan cotizado 38 años y seis meses. A partir de ahí, de momento quedarán estas condiciones.
Esa ley en su día se aprobó visto el problema que se vislumbraba en el horizonte con la llegada de la generación baby boom (nacieron 14 millones de niños) a la hora de jubilarse. Los nacidos entre 1958 y 1975 han llegado y llegarán en los próximos años a la edad para poder reclamar la jubilación ordinaria y esto supone un problema debido a la tasa de natalidad a la baja y las altas tasas de desempleo a las que acostumbra nuestro país. Por ello, desde el Gobierno vienen tomando medidas como endurecer las condiciones para llegar a la jubilación, penalizar a los que quieran adelantar su retirada y bonificar a los que extiendan su vida laboral.
Otra de las medidas que han tomado desde la Administración en los últimos años ha sido la creación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional, el denominado impuesto sobre la jubilación. Esta es una cotización extra mensual en la nómina de los trabajadores que entró en vigor el 1 de enero de 2023 y con la que se pretende engordar de forma mes a mes la hucha de las pensiones. Este impuesto debutó siendo del 0,7% y en este 2025 ya ha subido al 0,8%. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, se pagará entre empresa y asalariado, mientras que en el caso de los autónomos, el pago lo tendrá que soportar de forma íntegra el trabajador autónomo.
La edad para jubilarte si naciste entre 1960 y 1970
2025 es el año en que los que nacieron en 1960 podrán llegar a la jubilación ordinaria a los 65 años cobrando el 100% de la pensión. Para ello, tendrán que tener 38 años y tres meses cotizados. En caso contrario, tendrán que esperar a 2026 o 2027, dependiendo de la fecha exacta de nacimiento, para llegar a la jubilación.
El próximo año será el turno de los que nacieron en 1961 que, en caso de cumplir con los años de cotización, podrán jubilarse en 2026 y, en caso contrario, tendrían que esperar hasta 2028. Será así sucesivamente hasta el año 2035, fecha en la que se podrán jubilar los nacidos en 1970.
- 1960: 2025 y 2027
- 1961 : 2026 y 2028
- 1962: 2027 y 2029
- 1963: 2028 y 2030
- 1964: 2029 y 2031
- 1965: 2030 y 2032
- 1966: 2031 y 2033
- 1967: 2032 y 2034
- 1968: 2033 y 2035
- 1969: 2034 y 2036
- 1970: 2035 y 2037
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