La Audiencia Nacional condena a CCOO y UGT por obviar la subida del SMI de sus ‘amigos’ Sánchez e Iglesias
Quienes a priori luchan por el bien de los trabajadores han sido condenados por la Audiencia Nacional por, precisamente, perjudicarles. CCOO y UGT, además de USO, actuaron en connivencia con empresas con el objetivo de anular los efectos de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que Sánchez e Iglesias promulgaron de manera unilateral hasta los 900 euros al mes.
Tras la acusación de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en sendas sentencias dictadas el 13 de septiembre a las que ha tenido acceso OKDIARIO, ha anulado los acuerdos que alcanzaron estos sindicatos con las empresas Prosegur y Securitas (las más potentes y solventes desde el punto de vista económico de este sector) para recortar los convenios colectivos, coincidiendo con la subida del SMI.
El sindicato CSIF -presente en la Mesa de Negociación Nacional de ambos Convenios Colectivos- impugnó dicha modificación, al entender que las organizaciones de clase actuaron junto a la empresa contra los intereses de las personas trabajadoras, con una práctica ilegal. De hecho, tal y como ha constatado la Audiencia en su sentencia, CCOO, UGT y USO acordaron suprimir del convenio los pluses de transporte y vestuario e integrar estos pluses en el salario base.
La sentencia advierte de que se trata de una “técnica de neutralización” de incrementos, de manera que el salario percibido realmente por la persona trabajadora no varía en este caso tras la aplicación del Salario Mínimo Interprofesional.
«En su momento, CCOO y UGT se atribuyeron su parte del mérito en la aprobación de esta subida. Pues bien, hemos comprobado como estos sindicatos actúan de una manera de cara a la galería pero en la práctica se comportan de otra manera bien distinta. La Audiencia Nacional les recuerda que la compensación y absorción de los pluses de transporte y vestuario con el nuevo salario base tras la subida del SMI no es posible», explican desde CSIF.
“No es posible legalmente compensar y absorber un concepto salarial y pluses extra salariales (…) por cuanto el Estatuto de los Trabajadores contempla únicamente la compensación y absorción entre salarios, al igual que ocurre con el SMI”, señala la sentencia.
En el acuerdo que firmaron los sindicatos de clase con la empresa se justifican diciendo que tratan de “evitar una pérdida de competitividad con resultados negativos para el mantenimiento del empleo”. Pues bien, CSIF rechaza esta premisa dado que se trata de las dos principales empresas de seguridad de este país y tienen las cuentas saneadas.
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