Los afectados por la crisis del coronavirus cobrarán el paro aunque no hayan cotizado lo suficiente
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El Gobierno de Sánchez mete más presión a la Seguridad Social. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un nuevo paquete de medidas económicas para amortiguar el impacto del coronavirus. Una de ellas contempla que los trabajadores que no hayan cotizado lo suficiente pero pierdan su empleo por la crisis del coronavirus tendrán derecho a cobrar la prestación por desempleo.
Esto supone que el ya débil sistema de Seguridad Social español tendrá que soportar una carga extra no prevista. El gasto de las prestaciones por desempleo se disparará y el Estado podría verse obligado a aumentar los fondos destinados a este pilar del Estado del Bienestar.
Según ha acordado el Gobierno, no se computará el tiempo en que se perciba la prestación por desempleo a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos y habrá una prórroga automática de las mismas. En cuanto a los ERTE que las empresas apliquen durante la crisis del coronavirus, el Gobierno los considerará de fuerza mayor y se gestionarán rápido.
En cuanto a la prestación por desempleo, la ley actual contempla que para tener derecho a prestación un trabajador debe cotizar un mínimo de 360 días en los últimos seis años. El periodo mínimo de la prestación a nivel contributivo es de 4 meses con un máximo de dos años.
Reducción de jornada
El Gobierno también reconoce el derecho de los trabajadores a reducir la jornada laboral o adaptarla si se encuentran ante las siguientes circunstancias excepcionales: el cierre de centros educativos o residencias o la ausencia de quien se encargaba hasta ahora del cuidado de menores o dependientes.
La reducción de jornada, añade el Ejecutivo, no requerirá preaviso alguno, más allá del que derive de la buena fe y no estará limitada en su disfrute por porcentaje mínimo ni máximo pudiendo llegar incluso al cien por cien de reducción y sin que puedan ser sancionados o despedidos. El Gobierno no ha establecido la figura de una prestación de la Seguridad Social que compense esta reducción.
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