El TSJM anula la reforma del plan urbanístico del Wanda Metropolitano
El TSJM considera que existen seis motivos para declarar nula la modificación del Plan
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el acuerdo de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) relativo al área que afecta al estadio Wanda Metropolitano del Atlético de Madrid.
En una sentencia, el TSJM anula dicho acuerdo relativo al área de ordenación especial del Parque Olímpico-sector oeste y el estadio de La Peineta, en el distrito de San Blas-Canillejas de Madrid. La resolución estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Señales de Humo contra el citado acuerdo.
En el procedimiento figuraban como demandados el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid y, una vez iniciado, se personó en el mismo el Atlético de Madrid, que se opuso a la demanda planteada por Señales de Humo, organización independiente fundada en 2002 y formada por seguidores rojiblancos que, según explica en su página web, «pretende defender la esencia del Club Atlético de Madrid de acuerdo con su historia, carácter y afición».
El TSJM considera que existen seis motivos para declarar nula la modificación del Plan de los siete planteados por la asociación recurrente. Entre los motivos alegados por Señales de Humo en los que se basa el tribunal para declarar la nulidad se encuentra la desafectación de sistemas generales en interés privado y la errónea clasificación del suelo con vulneración de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Además, aprecia fraude de ley porque se evita cubrir las dotaciones –que desaparecen– sustituyéndolas por dinero, falta de justificación del cumplimiento de las determinaciones establecidas en la Ley del Ruido y omisión del procedimiento de aprobación de un informe sobre impacto de género.
Para el TSJM «no queda constancia del beneficio para el interés general» por lo que concluye que «se actuó con arbitrariedad al aprobarse la modificación objeto de impugnación».
Insiste en la «falta de motivación de la modificación y su déficit de análisis y previsión de las necesidades de la ciudad en relación con un sistema general de unas especiales características que prácticamente se diluyen en zonas verdes y parcelas vinculadas a una dotación privada que sustituye a una pública».
El TSJM admite la alegación de la asociación recurrente relativa a que «al club se le podría haber vendido una mayor superficie de suelo existente dentro del ámbito de actuación a fin de que cumpliera con las obligaciones compensatorias marcadas en la normativa», además de que «no se prevén compensaciones adicionales por la desafectación de un bien público».
El tribunal impone las costas procesales causadas en el procedimiento a los demandados. Esta sentencia se puede recurrir ante el Tribunal Supremo en un plazo de treinta días.
Lo último en Atlético de Madrid
-
Guerra abierta entre Atlético de Madrid y Barcelona
-
Joao Félix apoya la salida de Julián Álvarez del Atlético: «Ahí dentro pasan cosas…»
-
Gil Marín va con todo contra el Barcelona: «Nos faltan al respeto, creen que somos débiles o estúpidos»
-
El Atlético de Madrid denuncia al Barcelona ante la FIFA por el ‘caso Julián Álvarez’
-
Julián Álvarez deja claro que quiere irse del Atlético: «Lo mejor es una transferencia, quiero cumplir mi sueño»
Últimas noticias
-
Ni saludo ni posado: la coincidencia más comentada del Rey Felipe VI y Telma Ortiz
-
Bombazo en la zoología española: nacen en GEO los 3 primeros ejemplares de cabra montesa mediante fecundación in vitro
-
Las cámaras pillan a Óscar López llamando «payaso» a Feijóo por recordarle que investigó las saunas del suegro de Sánchez
-
El PP acusa de «deslealtad» al PSOE ante la amenaza de Sánchez de tumbar las deducciones fiscales a los autónomos de Prohens
-
A qué hora juega el Escocia – Brasil y dónde ver por TV en directo gratis y en vivo online el partido del Mundial 2026