El juez interviene 72 cuentas de los Negreira para demostrar los pagos del Barcelona
El juez que investiga el 'caso Negreira' ha pedido recabar datos de 72 cuentas en ocho entidades financieras distintas
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El juez Joaquín Aguirre, que está investigando el caso Negreira en el Juzgado de Instrucción número 1 de Barcelona, ha decidido intervenir un total de 72 cuentas bancarias de ocho entidades bancarias diferentes que están vinculadas a los Negreira, padre e hijo, o a otros familiares suyos, según el documento judicial al que ha tenido acceso OKDIARIO.
El requerimiento tiene fecha de este lunes 9 de octubre y se enmarca dentro de las diligencias previas que el magistrado sigue efectuando para recabar información sobre los pagos de más de 7 millones de euros que el FC Barcelona realizó al ex vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros durante 18 años.
Las entidades bancarias donde los Negreira tenían cuentas son las siguientes: BBVA, Banc Sabadell, Bankia, Banco Santader, Bankinter, ING, Ibercaja y Caixabank. Las fechas que se van a investigar son del 1 de enero de 2001 a la actualidad. El juez espera que toda esta ingente información le sirva para aclarar si los pagos del Barcelona a Negreira pudieran ser constitutivos de los delitos de cohecho, corrupción en el ámbito deportivo, falsedad y administración desleal.
Concretamente, las 72 cuentas requeridas se dividen de la siguiente manera: 43 de Caixabank, 7 de BBVA (incluidas 3 de Catalunya Banc y 1 de la Caixa Manresa) , 7 del Banc Sabadell (incluidas 3 de la Caixa del Penedés),7 de Ibercaja, 4 de Bankia (incluidas 3 del Banco Mare Nostrum), 2 del Banco Santander (incluida 1 del Banco Popular), 1 de Bankinter y 1 de ING.
Las cuentas de Negreira
Las cuentas están a nombre de José María Enríquez Negreira, de Javier Enríquez Negreira y de otros familiares, y también a nombre de DASNIL 95 SL, NILSAD, S.L. Y SOCCERCAM, la sociedades que el ex vicepresidente del CTA empleaba para recibir los pagos millonarios del FC Barcelona. «Esta medida es idónea y necesaria para la investigación del hecho delictivo y asimismo resulta razonable y proporcionada, dado que la invasión de la intimidad del titulares de las cuentas es mínima», argumenta el juez.
Además, Aguirre expone tres motivos para argumentar su decisión. «En primer lugar, tal como se ha solicitado, la medida tiene exclusivamente la finalidad de investigar los hechos denunciados y la autoría de los mismos. En segundo lugar, la medida solicitada en este caso es proporcional, puesto que se trata de investigar la comisión de un presunto delito de cohecho o corrupción deportiva, y dadas las características en la forma de producirse éste, aconseja la adopción de la medida interesada. En tercer lugar, la medida es idónea para la investigación que se pretende y cumple el requisito de la excepcionalidad de la misma, puesto que la identificación de los presuntos responsables determina la necesidad de emplear este medio de investigación», dice.
Para cada una de las 72 cuentas intervenidas, el magistrado solicita grado de intervención (titulares, cotitulares, autorizados, titulares reales, etc.) y porcentaje de participación; movimientos bancarios con identificación expresa de sus contrapartidas, determinándose el origen y destino de los fondos; y también información COMPLETA (sic) de los movimientos de fondos mediante cheques con identificación de las personas físicas y/o jurídicas beneficiarias o perceptoras de los mismos, indicando si se materializaron mediante pago en efectivo o abono en cuenta y, en este último caso, identificación completa de las cuentas de destino con al menos expresión del titular de las mismas en caso de conocerlo.
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