Comunidad Valenciana
POLICÍA NACIONAL

El Tribunal Superior valenciano reconoce como acto de servicio el ictus sufrido por un policía en Alicante

La sentencia obliga a la Dirección General de Policía a reconocer la secuela y la jubilación del agente como derivadas del servicio

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha estimado el recurso presentado por los servicios jurídicos del sindicato Justicia Policial (JUPOL), con el reconocimiento del derecho de un agente de la Policía Nacional que sufrió un ictus durante su jornada laboral en Alicante a que todas las lesiones descritas en los informes médicos fueron producidas «en acto de servicio», con las consecuencias «legales que ello conlleva,tanto económicas como administrativas».

JUPOL acudió a la vía contencioso-administrativa en respuesta a la resolución del recurso de reposición, firmada por el jefe de la División de Personal de la Dirección General de la Policía, de fecha 21 de septiembre de 2022, según consta en el auto, al que ha tenido acceso OKDIARIO. De facto, tal como expresa el sindicato, el TSJCV obliga con esta sentencia a reconocer a la citada Dirección General de Policía (DGP) las secuelas y la jubilación del agente como derivadas del servicio.

JUPOL es el mismo sindicato que se concentró el pasado 3 de diciembre ante la Delegación del Gobierno en Valencia solicitando la dimisión del ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska. Aquella movilización, se llevó a cabo bajo el lema Contra el abandono de Interior y en recuerdo de Carlos. Este último, asesinado en la localidad valenciana de Vinalesa (Valencia), el 26 de noviembre de 2025, tras debatirse durante 18 días entre la vida y la muerte, después de sufrir fatales heridas cuando intentaba evitar un robo.

Según el relato del sindicato, el agente sufrió un ictus en el transcurso de su jornada laboral. Y las consecuencias del mismo derivaron en su jubilación forzosa. Sin embargo, según relata JUPOL, «como viene siendo norma habitual, la DGP denegó el reconocimiento en acto de servicio», obligando al policía a acudir a la vía judicial en defensa de sus derechos. La sentencia, que no es firme, obliga a la Dirección General de Policía, además, a realizar los ajustes correspondientes entre lo percibido y lo que realmente le corresponde al agente.

El caso trae a la memoria el dramático testimonio ofrecido por otro policía nacional jubilado a OKDIARIO el pasado 11 de abril de este 2026, que, tras 44 años de servicio y de haber sido número 1 en su promoción, denunció que subsistía «míseramente con la pensión que me quedó tras 44 años de servicio, 44 años de jugarme la vida día a día».