Un juzgado de Valencia ordena al PSPV a retirar el vídeo en que acusaba al PP del ataque a su sede
El ataque a la sede socialista en Valencia del 6 de julio de 2025 fue perpetrado por un grupo antisistema y no por el PP
El PP se había querellado contra el secretario de Organización del PSOE de Diana Morant por atribuirle el ataque
El juez estima el recurso de reforma presentado por los 'populares' y ordena la retirada del vídeo de la red social X
El Tribunal de Instancia de Valencia, sección de Instrucción, Plaza Número 1, ha estimado el recurso de reforma presentado ante ese mismo juzgado por el Partido Popular y ha ordenado la retirada del vídeo de la red social X en la que el secretario de Organización de los socialistas valencianos, Vicent Mascarell, atribuía a los populares el ataque a la sede del PSPV en Valencia del 6 de julio de 2025. El citado ataque, como más tarde se demostró, no fue perpetrado por el PP, sino por un grupo antisistema. El auto dictado ahora por el juez responde a una medida cautelar, la de la retirada del citado vídeo del perfil de X del PSPV, pedida por el PP e inicialmente denegada y ahora admitida en recurso de reforma por el mismo juzado, en el contexto de la querella por presuntas injurias y calumnias presentada por los populares contra el citado Vicent Mascarell.
El ataque a la sede socialista en Valencia se había producido en la madrugada del domingo 6 de julio de 2025. Y, con posterioridad, un grupo autodenominado Juventud Combativa reivindicó la autoría de los hechos de aquella madrugada.
Sin embargo, Vicent Mascarell había responsabilizado al PP del citado ataque a la mencionada sede socialista. Y esa acusación es la que propició, primero, la presentación ante el juzgado de una solicitud para la celebración del acto de conciliación previo a la interposición de una querella criminal. Y, más tarde, la interposición de la citada querella, dado que ni Vicent Mascarell ni su letrado comparecieron en el acto de conciliación, celebrado en noviembre.
El origen de la demanda de conciliación presentada como paso previo a la querella estriba en que los delitos de injurias y calumnias son perseguibles solo a instancia de parte. Y, en el caso de las injurias, para poder sustanciar la denuncia, se necesita el paso previo por ese acto de conciliación, según las fuentes jurídicas consultadas.
En el auto, al que ha tenido acceso OKDIARIO, sostiene el instructor entre otras cuestiones, que «consta que el querellado afirmó de modo rotundo que los daños en la fachada de las instalaciones del PSPV/PSOE son causados por el PP en base a -sic- premeditación, alevosía y nocturnidad.» Y añade que: «Con ello se imputa claramente un delito de daños basado en meras sospechas, elucubraciones, suposiciones, aclarando el querellado Sr. Mascarell que ello viene precedido de un congreso del Partido Popular en Madrid, donde expresaban claramente el ejercicio de la violencia hacia el PSOE, tanto verbal como material. Ello no es justificación suficiente para sus declaraciones presuntamente calumniosas».
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