Condenado a seis años de cárcel por violar a una mujer inconsciente en un hotel de Ibiza

El autor aprovechó que se quedaron solos en la habitación para penetrarla vaginalmente

Deberá pagar a la víctima una indemnización de 10.000 euros por los perjuicios y daños morales causados

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Sede del TSJIB y de la Audiencia Provincial de Baleares.

Un hombre ha sido condenado a seis años de prisión este jueves por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares por violar en el año 2017 a una mujer inconsciente en un hotel de Sant Antoni de Portmany, Ibiza.

Según relata la sentencia, el acusado se encontraba en una fiesta en la piscina del hotel, donde conoció a la víctima, que se encontraba junto con su esposa, con la que había contraído matrimonio recientemente, y estaban celebrando la luna de miel.

El autor de los hechos y sus amigos estuvieron bebiendo juntos con ambas hasta que las invitaron a la habitación del hotel. Ya allí, la víctima empezó a sentirse mareada y su mujer la acostó en una cama, donde se quedó completamente dormida. Más tarde, su esposa y un amigo del acusado se fueron para comprar más bebidas, por lo que la víctima y el acusado se quedaron solos en la habitación.

Condenado al pago de una indemnización de 10.000 euros

Con todo, el recién condenado aprovechó la situación para penetrarla vaginalmente. La mujer despertó y le exigió inmediatamente que parase y le empujó gritando, pero él hizo caso omiso. Al finalizar el acto, la víctima salió corriendo de la habitación.

Además de la pena de cárcel el juez impone una medida de libertad vigilada por un período de seis años una vez salga de prisión, así como el pago de una indemnización de 10.000 euros para la víctima tanto por los perjuicios causados como por los daños morales.

La Sala «no alberga duda alguna que la relación no fue consentida y que el acusado llevó a cabo su acción aprovechando la situación de inconsciencia en que se encontraba la mujer».

En el juicio, los magistrados insinuaron que la privación de sentido pudo deberse al suministro de alguna sustancia en la bebida que fue servida a la víctima, aunque no quedó acreditado. Sin embargo, sí se demostró mediante un análisis de orina que la víctima había consumido alcohol, MDMA y cocaína durante la noche.

La víctima mantuvo en todo momento la versión de que los hechos se realizaron contra su voluntad. Una versión que fue respaldada por su esposa, la médico forense y la Policía. Por otro lado, la sentencia tiene en consideración que la víctima mantenía una relación de pareja desde hacía unos diez años con otra mujer y «no tenían interés por los hombres, acababan de contraer matrimonio y se encontraban en Ibiza en su luna de miel».

Por ello, los magistrados descartan que la víctima mantuviese «relaciones sexuales completas con un hombre al que acababa de conocer, estando en mal estado y en un momento en que su esposa se había ausentado momentáneamente para realizar unas compras».

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

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