El TSJA tumba el veto de la Universidad de Granada a instituciones israelíes por «discriminatorio»
El tribunal cree que el acuerdo "estigmatiza" y "responsabiliza del conflicto" a los afectados "sin ni siquiera saber su opinión"
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el acuerdo de la Universidad de Granada (UGR) por el que suspendió sus colaboraciones académicas y científicas con instituciones israelíes al considerar que es «discriminatorio» e incluye medidas que «vulneran los derechos fundamentales».
La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, fechada este martes, estima el recurso presentado por la asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM) y revoca el fallo dictado en marzo por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 3 de Granada, que había avalado la legalidad de la decisión.
La UGR rompió en mayo de 2024 sus relaciones con universidades e instituciones israelíes «en respuesta a las movilizaciones de los estudiantes, de la comunidad educativa y de la sociedad civil».
Concretamente, paralizó la movilidad de entrada y salida de estudiantes, personal docente e investigador, así como personal técnico, de gestión, administración y servicios con universidades israelíes. También detuvo la cooperación científico-técnica con instituciones de ese país y dejó sin efecto varios convenios con universidades israelíes.
El TSJA entiende que la institución universitaria es libre para celebrar o no acuerdos, convenios o proyectos de investigación, pero señala que el texto impugnado vulnera los derechos fundamentales a la dignidad, la igualdad y la no discriminación.
«Bajo el pretexto de su autonomía universitaria» –sostiene el tribunal–, la UGR dictó un acuerdo «discriminatorio que vulnera, además, la dignidad de la persona en relación con el derecho a la integridad moral de los afectados, a quienes estigmatiza, pues, de alguna manera, responsabiliza del conflicto y excluye de la vida universitaria sin ni siquiera conocer cuál es su opinión sobre el estado actual del conflicto».
El TSJA afirma que con ello se traslada a la opinión pública «una opinión negativa sobre ellos, enfrentándolos (…) con el resto de la población y generándoles un peligro», algo «extraordinariamente grave desde una institución educativa tan relevante como es una universidad pública».
«La autonomía universitaria no excluye las limitaciones que imponen otros derechos fundamentales», remarca el TSJA. «Consideramos que los pronunciamientos sobre asuntos de actualidad política de las instituciones públicas ajenos a su concreta esfera de competencias es contrario a derecho si contienen, como es el caso, medidas que vulneran los derechos fundamentales», zanja el fallo.
En un breve comunicado, la Universidad de Granada ha indicado que «respeta» la decisión del TSJA y que sus servicios jurídicos están estudiando la sentencia para evaluar «los siguientes pasos a seguir».
Recurso al Supremo
En una nota, la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) y la Red Universitaria por Palestina, que participaron como codemandadas defendiendo la legalidad del acuerdo, han lamentado «profundamente este retroceso» y han anunciado que interpondrán recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 3 de Granada avaló la suspensión al estimar que la UGR actuó dentro de su autonomía universitaria y que la medida no constituía discriminación, sino una respuesta proporcional y ajustada al derecho internacional humanitario.
La APDHA y la Red Universitaria por Palestina subrayan que la sentencia llega en un momento en que la Comisión Internacional Independiente de la ONU ha concluido que Israel «está cometiendo genocidio en Gaza, documentando matanzas de civiles, ataques a hospitales, destrucción de infraestructuras esenciales y la obstaculización deliberada del reparto de ayuda humanitaria».
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