Caso Umax

Suspendido el ingreso en prisión de un ex socialista ya condenado por los ERE y aún en libertad

El ex director de Trabajo Juan Márquez queda a la espera del dictamen del Supremo

La Audiencia de Sevilla le condenó a más de 5 años de cárcel por el caso Umax

Nueva condena por los ERE: la Junta socialista de Andalucía regaló 75.000 € a un florista de Huelva

Juan Márquez
Juan Márquez entrando a la Audiencia de Sevilla (EUROPA PRESS).
David García de Lomana

La Audiencia de Sevilla ha suspendido provisionalmente la entrada en prisión de quien fuera director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta socialista de Andalucía, Juan Márquez, por su condena a cinco años y tres meses de cárcel por las contrataciones que su departamento, dependiente de la Consejería de Empleo, llevó a cabo con la empresa Umax Informática y Consultoría. Casi medio centenar de empleados entraron en la firma por meros «vínculos de vecindad y amistad».

Cabe recordar que Márquez, ex miembro del PSOE de Huelva (Lucena del Puerto), está condenado ya a prisión por malversación en el caso ERE, aunque tiene suspendida provisionalmente la pena porque el Tribunal Supremo (TS) se la rebajó de siete a tres años. También está condenado, en una pieza separada de la macrocausa de los ERE, a más de cuatro años de cárcel por malversación en las subvenciones que la Junta otorgó ilegalmente a Acyco, la empresa de aceitunas eróticas, si bien está pendiente de que el TS resuelva su recurso de casación.

En el caso que nos ocupa, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha declarado que «a la vista del informe emitido por el Ministerio Fiscal, se suspende el ingreso en prisión» de Márquez «entretanto se resuelve la petición efectuada» ante el Supremo, que ante su recurso de casación mantuvo sus penas de cárcel por el caso Umax.

44 enchufados en Umax

Según la sentencia inicial condenatoria de la Audiencia de Sevilla, en fecha no determinada de 2003, el entonces director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero «decidió crear en dicho organismo público y en los servicios de su Dirección General en las delegaciones provinciales de la Consejería de Empleo una estructura de personal paralela a la administrativa, al margen de las previsiones contenidas en la relación de puestos de trabajo vigente» para dicha Dirección General y delegaciones provinciales, «con incumplimiento de la normativa de contratación en el sector público».

Para ello, Guerrero, fallecido en octubre de 2020 víctima de una neumonía, «concertó verbalmente» con el administrador único de Umax, Ulpiano Cuadrado, «que contratara las personas que él le indicara», siendo contabilizados «al menos 44 trabajadores contratados por dicha empresa o por otras de las que Cuadrado era administrador». El fallo precisa que «algunos de los trabajadores estaban relacionados por vínculos de vecindad y amistad» con Guerrero «y también de parentesco» en el caso de Márquez, quien, como posterior director general de Trabajo «decidió mantener en la misma situación económica a los trabajadores de Umax y de otras entidades en la sede de la Dirección General que presidía y delegaciones provinciales».

«Para poder cobrar Umax lo pactado se utilizó el sistema de simular la concertación de contratos menores inexistentes» o bien «se acudía a procedimientos de negociación sin publicidad en los que se invitaba a participar a tres empresas vinculadas con Umax», las cuales «eran indicadas por Guerrero o personal subordinado, a fin de aparentar legalidad en la tramitación del expediente».

Los implicados en el caso Umax

En esta sentencia, el Supremo desestima por completo los recursos de casación de la familia del ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero y del administrador de Umax, Ulpiano Cuadrado, ambos condenados a cinco años y nueve meses de prisión y diez años de inhabilitación absoluta por delitos continuados de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial por las contrataciones vinculadas a dicha empresa.

En paralelo, el TS estima totalmente los recursos de casación del ex director General de Trabajo Daniel Alberto Rivera y de la ex secretaria general técnica de la Consejería de Empleo Lourdes Medina, absolviendo a ambos de todos los cargos en su contra, ya que el primero había sido condenado a siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por prevaricación y la segunda a cinco años y tres meses de cárcel y nueve años de inhabilitación absoluta por un delito de malversación de caudales públicos y falsedad documental.

Además, el Supremo estima sólo parcialmente los recursos de casación del también ex director general de Trabajo Juan Márquez y del ex secretario general técnico de la Consejería de Empleo Francisco Javier Aguado, ambos condenados a cinco años y tres meses de cárcel y nueve años de inhabilitación absoluta por un delito continuado de malversación de caudales públicos y falsedad documental.

En el caso de Márquez, la estimación parcial de su recurso de casación mantiene íntegramente su pena de prisión e inhabilitación, pues la absolución del delito de prevaricación no supone modificación alguna de la pena impuesta en la sentencia recurrida. Respecto a Francisco Javier Aguado, el tribunal reduce su condena inicial a cuatro años y seis meses de prisión y ocho años de inhabilitación absoluta.

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