Perdonan una deuda de 257.000 euros a un granadino que se quedó sin empleo por la pandemia
El afectado, que pidió varios préstamos para pagar los que ya tenía, se ha acogido a la Ley de Segunda Oportunidad
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Granada ha perdonado una deuda de 257.000 euros a un trabajador que perdió su empleo en 2020 por la pandemia, lo que le impidió atender los pagos que tenía en ese momento y le llevó a pedir nuevos préstamos a los que tampoco pudo hacer frente.
El auto, recogido por Efe, reconoce a este vecino de Granada el beneficio de exoneración de su deuda en aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad, al concluir que es un deudor «de buena fe» y se ajusta a los requisitos exigidos por la normativa vigente para ello.
Desde la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que ha llevado su caso, explican que, con la irrupción del covid, esta persona perdió su empleo y «no pudo remontar sus ingresos».
Pese a que intentó refinanciar la deuda con los bancos con una cuota más asumible, el afectado solicitó varios préstamos para pagar los que ya tenía, pero la situación no fue a mejor: sólo logró que el montante a pagar fuera mayor mientras los ingresos seguían siendo los mismos.
Al verse sin salida, recurrió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad sin ánimo de lucro especializada en procedimientos de insolvencia, que le recomendó acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
El letrado de la asociación, Pepe Domínguez, relata que «en una situación así la desesperación lleva a solicitar nuevos créditos para pagar otros antiguos, pero esto no es más que un parche». «Los bancos, a sabiendas de estas situación, lo conceden con unos intereses desorbitados», advierte.
El procedimiento ha consistido en informar al juzgado de la situación del afectado con un preconcurso de acreedores que paraliza los embargos vigentes hasta que se documenta la situación del deudor y se justifica que no tiene bienes para liquidar.
Tras ello, el juzgado encargado de la causa ha comprobado la situación del deudor (ingresos, gastos, bienes en propiedad, deudas, acreedores), que cumplía los requisitos de insolvencia y no había cometido ningún delito previo de orden socioeconómico, lo ha dejado libre de cargas el exonerar el pago de los 257.000 euros.
¿Cuáles son los requisitos?
Los requisitos exigidos para optar a ser beneficiario de la Ley de Segunda Oportunidad son los siguientes:
- Ser persona física.
- Tener más de un acreedor.
- Ser insolvente.
- No tener antecedentes por delitos socioeconómicos con una condena superior a tres años.
- Ser deudor de buena fe.
- Colaborar con el juzgado.
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