Tribunales

La Fiscalía pide «apartar» a tres ex altos cargos de la Junta socialista de un nuevo juicio del caso ERE

Juan Márquez
Juan Márquez, a su llegada la Audiencia de Sevilla (EUROPA PRESS).

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha arrancado este lunes un nuevo juicio del caso ERE, por el que ya fueron condenados los ex presidentes socialistas andaluces José Antonio Griñán y Manuel Chaves. El tribunal investiga ahora una pieza separada correspondiente a las ayudas presuntamente irregulares concedidas por la Junta a las empresas Surcolor y SurcolorÓptica por valor de 2,3 millones de euros.

En esta fase de cuestiones previas, la Fiscalía Anticorrupción ha solicitado «apartar» de la causa a tres ex altos cargos de la Junta de Andalucía: al ex consejero socialista de Empleo Antonio Fernández, al ex viceconsejero del ramo Agustín Barberá y al ex director general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez, una vez firme la sentencia del Tribunal Supremo resolutoria de los recursos de casación planteados contra la sentencia inicial de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que condena a los mismos y a otros ex altos cargos de la Junta por el caso ERE.

Cabe recordar al respecto que Fernández y Barberá cumplen actualmente pena de cárcel por la condena por malversación que les impuso la Audiencia de Sevilla por el denominado como «procedimiento específico» -siete años, once meses y un día de prisión en el primer caso y siete años y un día de cárcel en el segundo-, una vez que el pasado año el Supremo desestimara sus recursos de casación contra dicha resolución condenatoria.

En el caso de Márquez, su pena de prisión está suspendida provisionalmente después de que el Supremo estimase parcialmente su recurso de casación y redujese su pena de prisión de siete años y un día a tres años al apreciar la atenuante analógica de reparación del daño.

Desvío de 2,3 millones de euros

Para este nuevo juicio, la Sección Tercera de la Audiencia tiene fijadas dos sesiones este lunes y martes. La programación general del juicio comprende un total de 35 sesiones hasta el 27 de noviembre.

Además de los ya citados, en esta pieza figuran como acusados los también ex directores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero y Daniel Alberto Rivera y el ex delegado de la Consejería de Empleo en Sevilla Antonio Rivas, pesando la muerte de Guerrero en octubre de 2020.

La pieza afecta también al ex sindicalista de UGT Juan Lanzas, el presunto testaferro Juan Francisco Algarín, los ex trabajadores de Vitalia Antonio Albarracín y Jesús Bordallo, un abogado, dos «intrusos» -uno de ellos concuñado de Antonio Rivas-, los responsables de Surcolor Manuel Rafael Castilla Bustamante y Antonio Manuel Bustamante León y un representante sindical.

La Fiscalía Anticorrupción solicita ocho años de prisión y 20 de inhabilitación por un delito continuado de falsedad en documento oficial en concurso con un delito continuado de prevaricación, a su vez en concurso con un delito de malversación, para Antonio Fernández, Agustín Barberá, Juan Lanzas y Juan Francisco Algarín.

El Ministerio Público pide además ocho años de prisión para Rivas, seis años de cárcel para Juan Márquez y Daniel Alberto Rivera y penas de entre cuatro y ocho años de prisión para el resto de acusados.

En su escrito de acusación, la Fiscalía señala que el 22 de marzo de 2005 la mercantil solicitó a la Delegación de Empleo en Sevilla la solicitud de un ERE para la extinción de los contratos laborales de los 45 trabajadores de la plantilla de la empresa «por razones económicas», si bien la Junta advirtió en dicha solicitud «defectos y omisiones».

La Fiscalía agrega que, a principios de 2006, los responsables de estas empresas contactaron con un letrado «para iniciar la tramitación» de un nuevo ERE y con Juan Lanzas «como persona que le pudiera facilitar la búsqueda de fondos públicos de la Junta para atender los pagos que se derivarían de la extinción de los contratos laborales de la plantilla y que eran obligación de las empresas».

«Para conseguir los fondos públicos necesarios para hacer frente a las obligaciones de estas empresas por la extinción de las relaciones laborales», Juan Lanzas contactó con Rivas y Guerrero, «facilitándole a este último los importes de las indemnizaciones por despido de los 24 trabajadores que se verían afectados por la extinción». Finalmente, Vitalia elaboró dos estudios de renta con una cuota total a pagar de 2,7 millones, de los cuales la Junta pagaría 2,3 millones.

La Fiscalía asevera que Rivas, «con el conocimiento y consentimiento» de Guerrero, «instó» a los ex trabajadores de Vitalia procesados a introducir como beneficiarios a dos personas que «no habían formado nunca parte de la plantilla de ninguna de las empresas», tras lo que, el 28 de junio de 2006, Guerrero, «con el conocimiento y consentimiento» de Fernández y de Barberá, suscribió una carta dirigida a Apra Leven en la que se comprometió a abonar «sin procedimiento alguno» 2,3 millones para 26 ex trabajadores de Surcolor. «Esta ayuda deliberadamente no fue publicada ni registrada en la base de datos de subvenciones de la Junta de Andalucía», apunta la Fiscalía.

El procedimiento específico

El fiscal, en ese sentido, ha manifestado que la condena por malversación impuesta a estos tres ex altos cargos de la Junta de Andalucía por el «procedimiento específico» de financiación de los ERE «incluye todas las disposiciones de fondos públicos realizadas por los acusados» durante el ejercicio de sus responsabilidades como cargos públicos. Al punto, ha recordado que todos estos fondos fueron consignados con cargo a la partida presupuestaria 31L de los fondos autonómicos.

La Fiscalía Anticorrupción ha remarcado que la condena por malversación ya impuesta a estos ex altos cargos «debe ser necesariamente conectada con el delito de prevaricación» igualmente atribuido a los mismos, reclamando así excluir del juicio a los mismos por el principio non bis in idem, que impide sancionar penalmente a un mismo sujeto respecto a un mismo hecho o comportamiento ya juzgado.

En abril de 2022, antes de que recayese la sentencia del Supremo resolutoria de los recursos de casación contra la sentencia inicial de la Audiencia de Sevilla sobre el citado «procedimiento específico», esta misma Sección Tercera de la Audiencia que aborda ahora esta pieza de los ERE condenó a Fernández y a Márquez a siete y cuatro años de cárcel, respectivamente, por la pieza separada relativa a las subvenciones autonómicas a la empresa de aceitunas «eróticas» de Dos Hermana Acyco, siendo absuelto Agustín Barberá.

Aunque en aquel caso estos acusados esgrimieron el principio non bis in idem, la Sección Tercera de la Audiencia consideró que «los hechos de la causa y los que fueron objeto del denominado procedimiento específico no son los mismos, son diferentes». «No existe una coincidencia temporal de los hechos a los que se refiere el procedimiento específico», mientras que «tampoco existe coincidencia entre la identidad de los encausados en una y otra causa ni a lo reclamado en concepto de responsabilidad civil», señalaba la Sección Tercera.

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