Multas

Si te quedas dinero que encuentras en la calle, podrías ir a la cárcel

Tesoro sindicada
Billetes y monedas de euros.
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

¿Cuántos de nos hemos encontrado alguna vez dinero en la calle? Aunque en un primer momento podemos pensar que la fortuna nos sonríe, lo cierto es que se trata de un regalo envenenado. Y es que, según especifica el Código Penal, quedarnos con dinero que hemos encontrado en la calle podría costarnos una multa e incluso, en función de la cantidad, penas de prisión.

El artículo 253 del Código Penal es muy claro al respecto: «Serán castigados los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido».

Si la cuantía no supera los 400 euros, la pena es de entre uno y tres meses de cárcel, según detalla el artículo. Ahora bien, la pena puede entre seis meses y dos años de prisión si, tal y como refleja el Código Penal en el artóculo 254, lo que nos quedamos son objetos de valor científico, cultural, artístico o histórico.

En base a la interpretación de la ley, se da por hecho que quien pierde algo en la calle busca recuperarlo porque no quiere deshacerse de ello intencionadamente. Por este motivo, los juristas explican que, si hay evidecias de que el propietario del dinero o del objeto quería deshacerse de ello, no estaríamos cometiendo ninguna falta. Sin embargo, probar esto es muy complicado, así que lo mejor siempre es devolverlo.

¿Qué tenemos que hacer si nos encontramos dinero en la calle?

El artículo 615 del Código Civil especifica que, cuando se encuentra una cosa mueble, «debe ser restituida» a su anterior poseedor. Si éste no fuere conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo».

Por lo tanto, la forma correcta de actuar es acudir a la Oficina de Objetos Perdidos o, en caso de que no la haya, contactar con la Policía Local.

Cuando depositamos el dinero o el artículo, comienza un proceso en el que pueden pasar dos cosas.

  • Si aparece el legítimo propietario, nos corresponde el 10% del valor del objeto o el 5% si el valor supera los 12 euros.
  • Si pasados dos años el dueño no se ha manifestado, el objeto o el dinero pasan a ser nuestros.

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