El salvaje que agredió a una mujer en Barcelona y lo viralizó condenado a indemnizar a la víctima
Los dos jóvenes acusados de dar una patada a una mujer en la avenida Diagonal de Barcelona y difundirlo por internet, en un vídeo que fue viral, han aceptado penas de hasta año y medio de cárcel y el pago de una indemnización de 48.000 euros a la víctima, tras reconocer que cometieron una agresión misógina.
Los acusados -uno de ellos autor de la agresión y el otro el que grabó el vídeo- han aceptado esa condena de conformidad ante la titular del juzgado de lo penal número 25 de Barcelona, que les ha suspendido el ingreso en prisión con la condición de que no vuelvan a delinquir en dos años y sigan dos cursos de aceptación de la diversidad, especialmente en asuntos de género, y de prevención de comportamientos violentos.
La sentencia, que es firme, condena a Mario García Montealegre, quien propinó la patada, y a Álvaro Gragera, que grabó con el móvil la agresión, perpetrada en febrero de 2015, a penas de año y medio y de un año de cárcel, respectivamente, por los delitos de lesiones y contra la integridad moral, con la agravante de alevosía y de actuar con un móvil de discriminación por razón de género.
Los procesados ya habían consignado en el juzgado 60.000 euros -con lo que han logrado beneficiarse de la atenuante de reparación del daño- para cubrir los 48.000 euros de indemnización para la víctima (40.000 por los daños físicos y otros 8.000 por los morales) y los gastos de la acusación particular ejercida por la mujer, que según la sentencia correrán a cargo de los agresores.
La agresión ocurrió el 22 de febrero de 2015, cuando Mario García Montealegre, entre risas, derribó de una patada en el tobillo a una mujer de 48 años que esperaba un taxi en la avenida Diagonal de Barcelona, en un vídeo que fue rápidamente compartido en las redes sociales hasta convertirse en viral.
«Violento y humillante»
Con la sentencia de conformidad, los acusados se han librado de la celebración del juicio y han conseguido que el fiscal rebajara su petición de pena inicial, que el ministerio público fijaba en tres años de prisión, por un hecho que consideraba tuvo «un gran impacto» no solo sobre la víctima, sino también sobre «el resto de mujeres, afectando a su relación con el espacio público».
La sentencia prohíbe a los acusados acercarse a menos de mil metros de la víctima y comunicarse con ella en los dos años posteriores a la condena -lo que incluye hasta los «me gusta» a sus publicaciones en las redes, ha precisado la juez-, y ordena que se adopten las medidas para destruir el vídeo viral de las redes sociales.
El fiscal se ha mostrado partidario de suspender la pena de prisión impuesta a los acusados, que no deberán ingresar en la cárcel dado que carecen de antecedentes, al tener en cuenta su «esfuerzo reparador» por haber indemnizado a la víctima y que «no pusieron dificultades a la investigación».
No obstante, dado el carácter «violento y humillante» de su acción, el ministerio público ha pedido que la prohibición de comunicación con la víctima se establezca como «regla de conducta», de manera que cualquier intento de relacionarse con ella comporte su inmediato ingreso en prisión.
En la misma línea se han manifestado la acusación particular ejercida por la víctima y las populares desempeñadas por la Asociación de Mujeres Juristas y la Asociación de Afectados por Internet y las Nuevas Tecnologías.
La magistrada ha acordado suspender el ingreso en prisión de los procesados, una medida de la que los cree «merecedores» por su «conducta honrosa en algunos puntos», pese a la «gravedad» de los hechos cometidos, y les ha advertido de que se intentará que puedan seguir el curso de derechos humanos en los lugares más próximos a sus domicilios, situados en Talavera de la Reina (Toledo) -Mario- y Huelva -Álvaro-.
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